El teletrabajo es uno de los temas más importantes del momento a partir de la expansión que tuvo producto de la cuarentena obligatoria por la pandemia de coronavirus. Rápidamente llegó al Congreso, en el que se presentaron varios proyectos que buscan legislarlo.
La Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados será clave para la fortuna de estas propuestas de ley. Vanesa Siley, legisladora por el Frente de Todos y presidenta de esa comisión, cree que la regulación de la actividad es fundamental para que no se avasallen los derechos de las y los trabajadores.
–Hay dos grandes corrientes sobre el tema. En resumen, para algunos es la evolución del empleo y para otros es un caballo de Troya que busca precarizar aun más a los trabajadores. ¿Usted cómo ve el teletrabajo?
–Entiendo esas posiciones, pero no me enmarco en ninguna. En el medio, hay muchos matices y particularidades. Depende del rubro o de si es público o privado, entre tantos otros. Como toda modalidad laboral, el teletrabajo se adapta a las distintas ramas de actividad. Ahora, se agudizó fuerte con la pandemia y la cuarentena, pero ya existía como una tendencia a futuro.
–¿Y cuál es su postura?
–Mi postura es que hay que regularlo porque todo lo que no está explícitamente reglamentado en favor de la parte débil de la relación laboral, está tácitamente regulado en favor de la parte fuerte. El derecho laboral tiende a nivelar las desigualdades sociales y lo hace regulando en favor de la parte débil; el famoso principio pro-operario. Por ejemplo, si se dispone que el personal en situación de riesgo siga aislado, ese personal puede trabajar desde su casa. ¿En qué condiciones? Bueno, hay que regularlo. Esto no es sólo para ahora, sino para el futuro. Y hay que atender a los derechos colectivos de quienes teletrabajan, no sólo los individuales.
–¿De qué manera hay que regularlo?
–Hay varias cuestiones que están expuestas en los proyectos presentados en la Cámara Baja. Entre esos aspectos generales, se encuentra determinar la jornada laboral, eso es fundamental y ahí estamos trabajando en una fórmula novedosa, que es la desconexión digital. El principio es combinar jornada con desconexión. De lo contrario, se pierde el principio de disociación de la vida personal de la vida laboral (ver nota en la página 30).
–¿Cómo se determinará la provisión de las herramientas?
–En principio, hay que separar la situación actual de la futura. La resolución 1552/2012, de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, establece algunas cuestiones importantes. Hay que retomarla y adecuarla. Además, en medio de la cuarentena, el empleador no provee las herramientas. Pero tanto la computadora como Internet o la energía eléctrica deben generar a futuro un crédito a favor del trabajador. Es un derecho de compensación que tiene el trabajador por estar usando su computadora, con el riesgo que ello conlleva. Lo que no puede pasar es que en una regulación general sea pasado por alto este aspecto porque significa un ahorro para el empleador y, si no se toma en cuenta, sería una transferencia de riqueza del trabajador al empleador.
–También hay discusiones en torno al cuidado de las herramientas y la confidencialidad.
–Hay un deber del empleado que es resguardar la herramienta de trabajo. También tiene el deber de confidencialidad, pero que a su vez tiene una contracara, que es el derecho a la intimidad. Son dos caras de la misma moneda. Ambos tienen que respetar esos derechos y deberes, ante la sensibilidad de los datos que se pueden compartir por estar usando una misma computadora para lo particular y para lo laboral.
–En algunos proyectos presentados en el último tiempo, hay aspectos que quedan librados a acuerdos entre partes. ¿Cómo ve esta situación?
–Las delegaciones en materia de ley laboral corresponden a la autoridad de aplicación, para que las reglamente, o a la instancia colectiva, que es una manera de regular a través de las convenciones colectivas de trabajo, donde se da también la intervención del Estado como homologador de ese convenio. Toda remisión que se haga para que se regule según la actividad debe ser a través de la instancia colectiva, a mi modo de ver, que es la más completa porque participan trabajadores y el Estado. No es conveniente la instancia individual porque puede suceder que se cometan abusos.
–¿Se dificulta la sindicalización por no compartir espacio laboral?
–Sí, totalmente. Los derechos colectivos de trabajo tienen que ser especificados y explicitados en una regulación de esta modalidad. Ya sea para poder ejercer el derecho a la protesta como para ser representante sindical. Los trabajadores deben tener explícitamente este derecho, más allá de que es obvio que se lo tiene porque lo dice la Constitución. Pero en este caso en particular, lo que abunda no daña.
–Muchas veces se le paga menos al teletrabajador que al presencial. ¿Qué posición tiene al respecto?
–El goce de idénticos derechos y remuneración debe ser el artículo principal. Hacer eso sería infringir la normativa actual. Si cambian las condiciones, se generará una nueva categoría, por menos horas, pero el valor hora debe ser igual en cualquier modalidad.
–¿Qué otro aspecto le parece importante regular?
–Hay que poner especial atención en una regulación que está vigente, sacada por el Ministerio de Trabajo, que es una licencia que tienen los trabajadores y trabajadoras por las cuestiones de cuidado, mientras las clases están suspendidas. Esto afecta especialmente a las mujeres, que suelen estar abocadas a las tareas de cuidado. Me parece fundamental como precedente que se siga contemplando. Hay que hacerla cumplir ahora porque hay muchos empleadores que están obligando a trabajar a mujeres que tienen hijos a cargo y que no pueden hacer todo a la vez.