Desde el 1 de enero los bancos del Uruguay deberán identificar al beneficiario final de las sociedades residentes en el país y comenzarán a regir nuevas obligaciones sobre la información de operaciones comprendidas en el régimen de precios de transferencia.

El Senado aprobó en su última sesión del año la eliminación del secreto bancario con lo que la “Suiza de Sudamérica” acepta las recomendaciones de la OCDE sobre el tema.

Para el oficialismo, «la opacidad» quedó atrás con esta Ley de Transparencia Fiscal Internacional, Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Los legisladores opositores, blancos y colorados, denunciaron en cambio un “ servilismo» del Frente Amplio que corrió presuroso, dijeron, ante «las presiones» de la Organización para la Coooperación y el Desarrollo Económico, un nuevo modo, detallaron algunos, de imperialismo. Critican, además, que el proyecto aprobado parte de «la sospecha» de que todos los titulares de cuentas son evasores.

Según consigna el diario El País, hay un monto a partir del cual se deberá informar a la Dirección General Impositiva (DGI) uruguaya el saldo, promedio anual y rendimiento de los depósitos bancarios y será de 50.000 dólares para residentes.

La ley flexibiliza el secreto bancario y obliga a identificar a los beneficiarios finales de sociedades uruguayas y aumenta los impuestos a las sociedades en paraísos fiscales.

Para los titulares no residentes en territorio uruguayo, la norma determina que se sigan los estándares de la OCDE y deberán brindar información sobre depósitos de más de 250.000 dólares para cuentas a nombre de personas jurídicas y más de 1.000.000 de dólares si se trata de personas físicas.