La AFIP habilitó un período especial de 20 días para la recategorización de los monotributistas, de acuerdo a las nuevas escalas estipuladas en la ley de alivio fiscal, que contemplan incrementos de hasta 77%. El trámite deberá ser hecho por los propios contribuyentes antes del 17 de agosto, a través del portal web monotributo.afip.gob.ar.

La recategorización es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año, a través del cual los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo les corresponde de acuerdo a su actividad y su nivel de facturación de los últimos 12 meses. Sin embargo, este año hubo cambios extraordinarios en las escalas, después de que el Congreso sancionara una ley fijando nuevos topes y montos a pagar. Con esa norma, evitó la generación de deudas retroactivas por la demora en la actualización de las escalas, que antes se producía de manera automática y este año, corrección de la fórmula de ajuste mediante, recién se implementó en junio.

La reglamentación de esa norma, finalmente, retrotrajo los valores mensuales de las cuotas correspondientes al período enero-junio de 2021 a los vigentes en diciembre de 2020, estableció una moratoria para regularizar deudas en hasta 60 cuotas y reglamentó la permanencia en el régimen simplificado para quienes fueron excluidos por distintos motivos.

El trámite es obligatorio: la AFIP aclaró que cuando no corresponda modificar la categoría, las personas deben confirmar su permanencia en la actual. Una vez finalizado el plazo habrá diez días para pagar, con las adecuaciones correspondientes, el monotributo del mes que viene: su vencimiento se prorrogó del 20 al 27 de agosto. La nueva categoría que declaren los contribuyentes estará vigente hasta fines de enero de 2022.

Las nuevas escalas se pueden consultar en la web de la AFIP.