Una resolución de la entidad monetaria dispone impedir a los bancos la retención vía CBU de los aportes sindicales en favor de sindicatos con simple inscripción. La Corte Suprema había dispuesto la igualdad de atribuciones con las organizaciones con personería gremial.
La comunicación, explícitamente, reconoce que es resultado de una notificación emanada del Ministerio de Trabajo de la Nación. Allí se intima a los bancos a abstenerse de actuar como agentes de retención de esos aportes sindicales en conformidad con lo normado por la Ley 23.551, solo las entidades sindicales con Personería Gremial pueden representar colectivamente los intereses de los trabajadores..
La resolución se da en el contexto del conflicto que los trabajadores del subterráneo agrupados en la AGTSyP mantienen con Metrovías en rechazo al acuerdo paritario del 15% que suscribió la UTA.
Es en ese marco que la empresa ya produjo 129 sanciones con suspensiones de hasta 35 días sin goce de haberes, dio lugar a decenas de pedidos de desafuero gremial en la justicia, anunció el despido de tres representantes sindicales que se consumaría una vez avance su desafuero, reprimió duramente a los trabajadores en huelga y detuvo a 16 de sus representantes.
De fondo, claro, está la disputa por la legítima representación gremial de los trabajadores del subterráneo ante la cual, hace pocos meses, la Corte Suprema dejó en firme la apelación de la UTA al otorgamiento de la personería gremial a la AGTSyP ocurrida en noviembre de 2015.
La resolución apunta a bloquear la retención vía CBU que es el recurso al que apelaron los metrodelegados ante la negativa de Metrovías de acatar el descuento por recibo de sueldo y que, obviamente, implica el aval por parte del trabajador involucrado que es quien voluntariamente entrega los datos de su cuenta.
La política de golpear sobre los recursos de los sindicatos ya ha sido desplegada recientemente por el gobierno en el marco de la discusión paritaria con La Bancaria a quienes, con una resolución ministerial publicada en Boletín Oficial, se les recortó el aporte del 1% de los trabajadores no afiliados destinado a la Obra Social. Luego de un intenso conflicto que concluyó con un acuerdo por un aumento del 15%, la suma fue restituida.
Sugestivamente, uno de los puntos del acuerdo salarial suscripto recientemente con la UTA en el subterráneo, incluye un descuento compulsivo a todos los trabajadores del 1% en favor de esa organización gremial.
La igualdad de atribuciones entre los sindicatos con personería gremial y aquellos con simple inscripción, con excepción de su derecho a discutir paritarias, ha sido reconocida por la propia Corte Suprema en su reciente fallo por el caso Orellano. De hecho, son muchos los sindicatos con simple inscripción que perciben sus aportes con descuento realizado por las propias patronales a través del recibo de sueldo. Sin ir más lejos, el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA), percibe la mayoría de sus aportes por esa vía y cuenta con fallos favorables en la justicia, fundamentados en fallos de la Corte Suprema, en el caso de aquellas patronales que se niegan a hacerlo. Allí, provisoriamente, recurre al mecanismo del descuento voluntario por CBU al igual que con aquellos afiliados que no gozan de relación de dependencia.
Lo mismo ocurre para otros casos como los docentes universitarios de AGD UBA que obtienen sus aportes a través de los recibos que emite la UBA o el sindicato docente porteño Ademys que, con el mismo status legal, obtiene sus recursos por recibo de haberes emitidos por el gobierno porteño.
La resolución, dictada a medida de la AGTSyP que recauda la totalidad de sus aportes por CBU, sin embargo enciende una luz de alerta para todos los sindicatos con simple inscripción porque se sustenta en una degradación de su status y sus atribuciones y podría ser la antesala de medidas de otra naturaleza que vayan en ese sentido. Al mismo tiempo representa una fuerte señal para las empresas en lo que hace a la relación con los representantes sindicales de organizaciones con simple inscripción.
En diciembre de 2017 mediante una resolución del ministerio de Trabajo se dio curso a uno de los artículos de la reforma laboral en su versión original, el 110, que disponía una revisión de todas las organizaciones sindicales con el propósito, explicitado por el propio presidente Mauricio Macri, de dar de baja alrededor de 500.
El ataque a los metrodelegados en particular y los sindicatos con simple inscripción en general implica un gesto para la UTA y el modelo de unicato de la CGT en momentos en los que se está discutiendo la posibilidad de un nuevo paro nacional de actividades.
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