Techint y Clarín podrán acogerse a la medida. El gobierno publicó las instrucciones en el Boletín Oficial y amplió las limitaciones para las firmas que ingresen de aquí en más.
Tras la revelación del portal El Destape, que denunció por una operatoria similar al Grupo Clarín, este martes el gobierno publicó en el Boletín Oficial a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una resolución informativa sobre los pasos que deben dar las empresas para devolver el beneficio además de establecer nuevos límites.
La Resolución General 4719/2020 informó que los empleadores que devuelvan el dinero que recibieron para cubrir la mitad de sus obligaciones salariales deberán generar un Volante Electrónico de Pago (VEP). Después de eso deberán informar la cantidad de trabajadores y trabajadoras comprendidos en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y el monto que se transfiere a la AFIP a través del servicio Presentaciones Digitales.
En cuanto a los plazos para las devoluciones, el texto explicó que en relación a los salarios devengados en abril tendrán tiempo hasta el 31 de mayo inclusive. Para los salarios devengados en mayo y subsiguientes mientras dure la emergencia sanitaria el plazo se extenderá hasta el 20 del mes en que se haya pagado.
El texto consigna también que los empleadores contarán con un plus de 5 días hábiles para cumplir con las devoluciones en caso de vencimientos de los plazos legales. Agregó también que los intereses que se aplicarán sobre el importe del beneficio que se reintegra se calcularán “desde la fecha en que se hayan acreditado las sumas en las cuentas de los trabajadores, hasta de la efectiva transferencia”.
Limitaciones
El Ejecutivo informó además una ampliación de las limitaciones para las empresas que reciben el beneficio. Entre ellas definió que tienen prohibido distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados desde noviembre de 2019; recomprar sus acciones en forma directa o indirecta; adquirir títulos valores en pesos para después venderlos en moneda extranjera o transferirlos en custodia al exterior; o realizar ningún tipo de erogaciones a sujetos relacionados con el beneficiario cuya residencia se encuentre en alguna jurisdicción de baja tributación.
Al cierre de esta nota no estaba claro si Techint, Clarín o alguna de las grandes empresas que accedió al beneficio decidieron acogerse a la posibilidad de devolver el dinero al Estado. Lo que quedó abierto es la posibilidad de que la empresa que devuelva los ATP quede libre para volver a ejercer algunas de las tareas que se les prohíben por recibir esos fondos.
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