La Cámara Federal de Casación Penal concedió el beneficio para que Adalberto Pafumi cumpla una condena de cuatro años en su casa por su edad y estado de salud. El rol de un personaje clave en la relación de la empresa con el Estado.
Los camaristas Carlos Alberto Mahiques, Eduardo Riggi y Liliana Catucci revocaron un fallo del Tribunal Oral federal número dos que le había denegado la domiciliaria a Pafumi, un personaje clave en la relación de TBA con el Estado para la discusión de los contratos de concesión del servicio ferroviario.
El Tribunal le concedió la domiciliaria en virtud de su edad, 80 años, y su estado de salud. Pafumi, según el fallo, “padece penfigoide ocular (ampollas e irritación en las mucosas del ojo), mielodisplasia hemocromatosis (sobrecarga de hierro en el organismo), hepatoesplenomegalia (agrandamiento del hígado y el bazo), dislipemia (alteración del metabolismo de los lípidos), artritis psoriasica (inflamación de las articulaciones como consecuencia de la psoriasis) y artrosis cervical, y requiere de estrictos controles médicos”.
“El cuadro de salud verificado, aunado a la avanzada edad de Pafumi, impiden garantizar que sus dolencias puedan ser tratadas adecuadamente en el establecimiento carcelario, motivo por el cual la prisión domiciliaria resulta procedente”, había argumentado la defensa del ex directivo de TBA. Pero el Tribunal oral replicó que “de la compulsa de los informes acercados al sumario y, principalmente del examen pericial practicado por los profesionales del Cuerpo Médico Forense, se advierte que Pafumi no evidencia patologías de gravedad o entidad suficiente que tornen necesario el cumplimiento de la pena impuesta bajo la modalidad requerida”.
La Cámara de Casación no sólo dio por acreditadas las dolencias de salud y la avanzada edad de Pafumi, sino que, además, valoró que “no se verifica ningún elemento objetivo concreto que amerite la denegatoria de la petición formulada por la defensa del acusado”.
“Se ha omitido explicar cómo es que una persona de 80 años de edad, con el cúmulo de patologías que padece y los estrictos y periódicos controles médicos a los que debe someterse (conforme surge expresamente del informe del Cuerpo Médico Forense para la Justicia Nacional), se encontraría en condiciones de fugarse y sobrevivir en la clandestinidad”. El tribunal oral “no efectuó una sola mención sobre extremos relevantes, como podrían ser la conducta asumida por el encausado a lo largo de este proceso, si registró rebeldías, entre otros factores de interés”.
Los camaristas aprovecharon la oportunidad para sentar posición en otros expedientes: “Incluso en causas donde se investigan delitos de lesa humanidad hemos señalado que el análisis jurisdiccional sobre la posibilidad de conceder o denegar la prisión domiciliaria, no puede centrarse exclusivamente en la gravedad del delito reprochado”.
Pafumi declaró durante el juicio que su trabajo “se relacionaba con la administración del contrato de Trenes de Buenos Aires con el Estado en su faz administrativa, que no tuvo injerencia alguna en lo que respecta al material ferroviario como así tampoco en la utilización de los fondos que estaban destinados por las variaciones de los costos”. En rigor, era bastante más que eso. Andrea Fernández, gerente de Recursos Humanos de TBA, declaró como testigo que Pafumi “tenía el contacto con el gobierno para tratar todos los temas vinculados al contrato de concesión”. Gustavo Simeonoff, ex titular de la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos durante el anterior gobierno, destacó: “Yo era el negociador. Yo era el que me sentaba con el señor Pafumi a conversar respecto de qué posibilidades teníamos de hacer una renegociación, de llegar a un acuerdo”.
Las querellas habían pedido para él penas de entre nueve y diez años y medio de cárcel. El Tribunal oral lo condenó a cinco y la Casación se lo rebajó a cuatro. Ya está en su casa, monitoreado con una tobillera electrónica.
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