Trabajadores afectados por el paro de colectivos «conservarán goce íntegro de haberes»

Lo dispuso el Ministerio de Trabajo, a través de una resolución firmada por Kelly Olmos.

El Ministerio de Trabajo dispuso este viernes que quienes se vieron «afectados en su movilidad» para concurrir a sus puestos laborales por el paro de colectivos resuelto por la Unión Tranviarios Automotor (UTA) desde la medianoche «conservarán el derecho» al «goce íntegro de sus ingresos habituales«.

«Establécese que los trabajadores afectados en su movilidad a los fines de la concurrencia a sus puestos de trabajo como consecuencia de las medidas referidas en el considerando, conservarán el derecho al goce íntegro de sus ingresos habituales», indicó el artículo primero de la Resolución 887 difundida esta tarde por la cartera laboral.

Asimismo, señaló que los trabajadores comprendidos en esa situación «deberán acreditar dicha condición ante su empleador», y aclaró que «en caso de divergencias interpretativas» deberá «resolverse la cuestión por la vía del diálogo social entre empleadores, o sus representantes, y las organizaciones representativas de trabajadores».

«La presente entrará en vigencia a partir del día 7 de Julio de 2023», precisó el tercer artículo de la resolución de la cartera laboral a cargo de la ministra Raquel «Kelly» Olmos.

En los fundamentos de la resolución, el ministerio señaló que «dicha situación afecta la movilidad diaria de los trabajadores usuarios de los servicios de transporte público de pasajeros», los que «se ven impedidos de trasladarse a sus diversos destinos laborales».

Asimismo, aclaró que entre los «factores preponderantes que tienden a justificar las inasistencias del personal a su lugar de trabajo existe lo que se denomina ‘caso fortuito’ o ‘fuerza mayor'».

«Una situación de fuerza mayor se configura cuando ese impedimento no ha podido ser evitado -art. 1730 Código. Civil y Comercial- y exime de responsabilidad a ambas partes del cumplimiento de sus obligaciones: al trabajador, de poner sus servicios a disposición del empleador y a éste, de dar ocupación, ya que también es ajeno a aquel», recordó.

El ministerio sostuvo que «configurándose una situación de fuerza mayor para esos trabajadores, resulta imprescindible garantizar la no afectación del derecho al goce íntegro de sus ingresos habituales».

«En tal sentido resultará necesario que los trabajadores afectados por la medida mencionada acrediten dicha condición», manifestó en los fundamentos de la norma.

Y señaló además que «en caso de suscitarse situaciones sujetas a interpretación, estas deberán ser discutidas entre los actores sociales, empleadores y representación sindical, correspondientes».

Por otra parte, afirmó que «a tales efectos el principio de buena fe es la forma en que se debe conducir el empleador como el trabajador, que debe regir desde el inicio hasta la finalización laboral».

«Tanto el trabajador como el empleador deben obrar con diligencia, honestidad, prudencia, ajustando su conducta a lo que es propio de un buen empleador y de un buen trabajador, tanto al celebrar, ejecutar o extinguir el contrato o la relación de trabajo», recordó el Ministerio de Trabajo en los fundamentos de la resolución.

Y sostuvo que «la buena fe es un elemento natural de la vida humana, en el mundo jurídico actúa como principio general para regular la convivencia armónica entre los hombres».

En un mensaje publicado en las redes sociales, la ministra de Trabajo confirmó que «con la suscripción de la paritaria por parte del sector empresario se levantó el paro de colectivos.

Olmos consignó que «junto al ministro de Economía, Sergio Massa, y su par de Transporte, Diego Giuliano se convocó para este lunes a una mesa de diálogo entre todos los protagonistas» del conflicto que hoy paralizó el servicio de transporte de pasajeros en varias ciudades del país.

«Situaciones apremiantes como las sucedidas en el día de hoy no deben repetirse más», señaló la funcionaria en un mensaje publicado en su cuenta de Twitter.

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