Quedó revocada la resolución del juez federal de Mar del Plata, Alfredo López -luego recusado y apartado temporalmente de la causa-, que suspendía la interrupción voluntaria del embarazo en hospitales nacionales.
El titular del Juzgado Federal 2 de Mar del Plata, Santiago Martín, concedió este recurso tras la presentación realizada por el Estado, y de ese modo revocó la resolución firmada el último 7 de junio por López, que suspendía la IVE en hospitales nacionales.
Martín tomó esa medida tras haber quedado a cargo de la causa, luego de que el Estado solicitara, además, la recusación de López por considerar que no podía garantizar imparcialidad en el expediente iniciado a partir de una presentación realizada por Héctor Adolfo Seri, un abogado jubilado de la ciudad, para que se dictara su inconstitucionalidad.
Concedida la apelación con «efecto suspensivo», deberá expedirse al respecto la Cámara Federal de Apelaciones marplatense, que también debe resolver el planteo de recusación.
En su resolución, Martín consideró que la cautelar de López suspendía «todo un cuerpo normativo, integrado por la ley en su totalidad, protocolos y resoluciones, vinculadas directamente a políticas de salud y de género del Estado Nacional, y conlleva (entre otros efectos) la interrupción de la atención y cobertura de salud que dicha ley dispone con alcance nacional».
«Por lo tanto, considerando el alcance asignado a la medida cautelar, los efectos que la misma conlleva, la relevancia institucional que tiene la ley cuestionada y por lo tanto la medida aquí apelada, los sensibles derechos constitucionales comprometidos en este proceso, y los demás argumentos ya esgrimidos, es que habré de conceder el recurso de apelación con efecto suspensivo de la medida cautelar», explicó.
En la apelación presentada dos días después de que López emitiera su resolución, el Estado solicitó que el recurso fuera concedido «con efecto suspensivo y, oportunamente, se revoque la resolución» del magistrado «en tanto causa gravamen irreparable».
En un escrito de 188 páginas, la abogada Mariana Muriel Brun, delegada del Cuerpo de Abogados del Estado en Mar del Plata, indicaba que «en un fallo sin precedentes», el juez «deliberadamente abandona su condición de imparcial y decide tomar las riendas del proceso contra la ley 27.610», sancionada por el Congreso de la Nación el 30 de diciembre de 2020 y promulgada por el Poder Ejecutivo el 14 de enero de 2021.
«Pretende con su pluma desarticular una política pública estatal que fue decidida a instancias y con la participación del pueblo argentino, representado por distintos sectores de la sociedad civil en uno de los debates más amplios y democráticos que se desarrollaron en la República Argentina», señaló el recurso estatal.
En cuanto el planteo para que López fuera recusado, subrayó que se comprobaron «graves circunstancias que ponen seriamente en duda» su actuación «como juez imparcial en esta causa». En ese sentido, se destacaron «distintas expresiones vertidas» públicamente, que «pueden ser consideradas como adelanto de opinión, en tanto guardan directa relación con el asunto de fondo a decidir en esta causa».
El escrito incluyó la reproducción de declaraciones públicas y periodísticas brindadas por el magistrado sobre el caso y sobre el aborto, así como posteos en sus cuentas de la red social Twitter, en las que se refirió como «las verdes femibolches, idiotas útiles de la oligarquía globalista» a los grupos que trabajaron por la aprobación de la ley IVE.
Tras los recursos de apelación y recusación presentados por el Estado nacional, se incorporaron -además- como terceros interesados en el expediente Amnistía Internacional, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género y la Fundación Mujeres por Mujeres, así como el abogado y el juez Gustavo Carranza Latrubesse.
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