La Cámara de Casación dio lugar a un pedido de Daneri, otro de los imputados, y ahora primero deberá expedirse la Corte Suprema.
La resolución de Casación fue adoptada por mayoría con los votos de Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinsky, quienes consideraron que por encontrarse pendiente un planteo de Daneri ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) -por supuesta violación de las garantías de cosa juzgada y ne bis in idem-, la negativa a la suspensión del TOF N°6 sería equiparable a un pronunciamiento definitivo, por lo que concedieron el recurso con efecto suspensivo. Por el contrario, el juez Gustavo Hornos consideró que el planteo de la defensa ante la Casación no cumple con el requisito previsto en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación que habilita los recursos de este tipo, por cuanto no ha logrado demostrar que en el caso se encuentre implicada una cuestión de índole federal o que la decisión recurrida le ocasione a la impugnante un agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior.
Al notificarse de lo decidido por el Máximo Tribunal penal -que ahora deberá expedirse sobre el fondo de la cuestión-, el Tribunal Oral Federal dispuso la suspensión extraordinaria del debate hasta el 2 de junio.
El juicio ya llevaba celebradas dos audiencias, desde su inicio el viernes de la semana pasada. Las defensas plantearon las cuestiones preliminares, que fueron contestadas por Velasco.
En el juicio busca determinarse si la ex interventora María Julia Alsogaray, el propio Daneri, el ex funcionario Gustavo Cresta, la integrante del Tribunal Arbitral de Obras Públicas Yolanda Eggink y los empresarios Sergio y Gustavo Meller, tuvieron responsabilidad penal por el pago ilegítimo de 30 millones de pesos/dólares vinculado a una deuda reclamada por Meller S.A., a raíz del contrato que la unía con ENTel para la publicación anual de las guías telefónicas en la Ciudad de Buenos Aires.
Tanto Alsogaray como Daneri tienen una condena firme por su paso durante la privatización de la compañía estatal: en 2014 fueron condenados a cuatro años de prisión, al ser encontrados responsables de una contratación fraudulenta, en 1994, con la Unión Transitoria de Empresas (UTE) integrada por las firmas KPMG, Copiaga S.A. y el estudio Fernández Madero.
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