El abogado del fiscal presentó un escrito para que el máximo tribunal anular los fallos de Ramos Padilla, de la Cámara Federal de Mar del Plata y la Cámara de Casación y vuelve a justificar los faltazos de su defendido, quien se niega a declarar en la causa por espionaje ilegal que se investiga en el juzgado de Dolores.
“La rebeldía dictada implica sin más el mandato de una medida restrictiva de la libertad -o bien la amenaza de una-, cuestión inadmisible y que vulnera derechos constitucionales fundamentales en orden a la libertad ambulatoria de quien actualmente desempeña en el cargo de Magistrado del Ministerio Público Fiscal, como así una clara afectación de la independencia y autonomía del funcional del Órgano al que pertenece”, aseguró Ribas en su escrito, al que tuvo acceso Tiempo.
Según el defensor, la libertad e inmunidad de Stornelli está gravemente afectada por la declaración de rebeldía, pues “contempla como inescindible consecuencia el dictado de orden de detención, lo que vulnera flagrantemente la inmunidad de arresto que en este caso le cabe a Stornelli”. Si bien el escrito admite que en este caso el juez Ramos Padilla “no dictó la orden de detención junto con la declaración de rebeldía, lo cierto es que lo primero es inescindible de lo segundo”.
Ribas argumentó y defendió las ausencias de Stornelli a las indagatorias. “La incomparecencia de mi pupilo a la audiencia fijada no puede considerarse injustificada, pues aún subyacen en autos una serie de planteos que ponen en crisis la condición de juez natural, la validez de ciertos actos del proceso -aún sin resolución por parte del Juez-, posición que se afianza aún más tras las recientes revelaciones periodísticas que dan cuenta de la articulación de ‘una maniobra’, con la posible complacencia y/o intervención del juez de grado, la cual habría tenido por objeto perjudicar en lo personal a mi asistido y su labor en la causa 9608/18, conocida como ‘Causa cuadernos’».
La defensa de Stornelli cuestionó el fallo de la Cámara de Casación, el máximo tribunal penal del país, porque “resulta totalmente auto-contradictorio, ya que si bien validan la existencia de un impedimento constitucional, sin embargo lo aplican, llegando al absurdo de afirmar y rechazar a la vez un hecho relevante para la solución del caso, validando la adopción de un criterio sin anclaje legal”.
“El fallo afirma la existencia de una inmunidad de arresto que protege a mi asistido, pero aun así convalida una medida cuya consecuencia accesoria y legal importa un menoscabo de la misma”, reafirmó.
Ribas consideró, además, que está habilitada la intervención de la Corte Suprema de Justicia porque está configurada en el caso de Stornelli “una situación calificada -en términos jurisprudenciales- como de gravedad institucional”.
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