El debate llega a la Cámara Baja tras un intento bloqueado por la oposición. . Cuáles son los puntos clave de una normativa resistida por un fuerte lobby empresarial.
Tras el acuerdo alcanzado en los últimos días por el oficialismo y la oposición, la sesión comenzará este mediodía e incluirá el tratamiento de otras medidas, como las políticas para personas en situación de calle. El debate implicará la vuelta a la presencialidad plena del cuerpo, tras las restricciones por la pandemia de coronavirus.
Organizaciones sociales y ambientalistas convocaron a concentrar este mediodía frente al Congreso, para un acto que apoye lo que consideran una “posibilidad histórica” para la Argentina, según definió Consciente Colectivo. Desde ese espacio, Ariana Krochik pidió “que esta ley sea la puerta de entrada en la construcción de una alimentación adecuada, justa y sostenible para todas las personas”.
El proyecto alerta a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz, con el objetivo de prevenir la malnutrición y reducir las enfermedades crónicas no transmisibles, que matan a 689 personas por día en el país, según datos del Indec consignados por el nutricionista y director de la Sociedad Argentina de Nutrición y Alimentos Reales (SANAR), Ignacio Porras.
A partir de esta medida, en los envases se deben colocar leyendas como «Exceso en azúcares», «Exceso en sodio», «Exceso en grasas saturadas», «Exceso en grasas totales», y/o «Exceso en calorías». En caso de contener edulcorantes, el envase debe llevar una leyenda precautoria, por debajo de los sellos de advertencia, con la leyenda: «Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as». Este punto diferencia a la normativa local de las de otros países, como Chile o Perú, donde la falta de reglamentación en materia de edulcorantes llevó a un abuso de su uso, según advirtieron especialistas locales.
Además, la normativa prohíbe que los alimentos y bebidas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcétera. Y prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes.
Por otra parte, el Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país. Y, entre los puntos clave, los productos con octógonos no podrán ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.
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