En la misma semana, un juzgado rechazó un recurso extraordinario para que el caso llegue a la Corte Suprema y ratificó la suspensión de la norma.
De esta forma, al menos por seis meses, los servicios de telecomunicaciones ya no son esenciales en Argentina. «Seguiremos adelante hasta las últimas consecuencias», aseguró a Tiempo el vicepresidente del Enacom, Gustavo López.
En el caso de Telecom (controlada por Cablevisión Holding y el fondo Fintech), es difícil medir los daños irreparables. En el primer trimestre de 2021, su utilidad neta (dinero que queda para los dueños ya descontados los gastos operativos, el pago de impuestos, las amortizaciones y los intereses de deuda) fueron de $ 8741 millones, un 150% mayores a las del mismo período de 2020, cuando no había llegado aún la pandemia de coronavirus. La inflación del período fue del 42,6 por ciento. Es decir, en términos reales, los dueños de Telecom duplicaron ganancias durante la pandemia.
El DNU 690 entró en vigencia en agosto del año pasado. En 2021, Enacom autorizó a las grandes empresas del sector aumentos en el orden del 16 por ciento. Sin embargo, ejecutaron alzas de entre un 32 y un 35 por ciento. «Con los aumentos que la justicia avala, da un proyectado anual de subas de un 70% en un servicio que es esencial. Estas empresas engloban a 23 millones de ciudadanos, a los cuales no se los escucha. Vamos a pensar otras alternativas jurídicas y políticas. No lo podemos adelantar porque es parte de la estrategia, pero queremos defender los bolsillos del ciudadano», aseguró López.
La declaración de servicio esencial es clave porque pone trabas para que las empresas apliquen los aumentos que deseen ya que los tienen que justificar en relación con sus costos. Por ejemplo, entre 2016 y 2019 Movistar aumentó sus precios un 311%; Claro, 413%; y Telecom, 380 por ciento. La inflación del período fue del 300 por ciento. Si los aumentos están regulados, difícilmente puedan conseguir esos porcentajes.
La cuestión judicial
En la última semana, el oficialismo recibió dos golpes judiciales. El primero fue el rechazo del recurso extraordinario presentado con el fin de que el asunto recayera en la Corte Suprema. El otro, más duro todavía, fue que se otorgó a Telecentro y Directv la misma cautelar que anteriormente había beneficiado a Telecom.
Las decisiones, tomadas por la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires, fueron firmados por los jueces Luis María Márquez y José Luis López Castiñeira, mientras que la jueza María Claudia Caputi votó en disidencia.
«Hay dos jueces que están por encima de los poderes Ejecutivo y Legislativo. Los dos fallos son vergonzosos y provienen de una sala muy afecta a defender los intereses de los grupos económicos y no de la gente, que para ellos no existe porque ni siquiera se la menciona en los considerandos», expresó López.
«Es de una gravedad institucional enorme. Le dicen al Estado que a la Corte no va a acceder de manera directa, que va a tener que hacer todo un camino más largo, que es el recurso de queja», consideró López en relación con el primer fallo.
Sobre el segundo, apuntó: «El Ejecutivo dictó un DNU, lo aprobó el Congreso, tuvo dictamen de la Comisión bilateral. En ningún fallo está cuestionada la legalidad del DNU. No está declarada la inconstitucionalidad. Otorgan una medida que suspende la aplicación de un decreto que está vigente. Es muy grave. Queda demostrado que Argentina vuelve a ser la Patria Cautelar».
El presidente del Enacom, Claudio Ambrosini, adelantó que el gobierno ya interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema, para que esta decida sobre el asunto. «La cuestión central recién ha comenzado a transitar los caminos del derrotero judicial y queda pendiente toda la discusión jurídica al respecto, la cual, se anticipa, será densa y duradera, y en este caso no habrá posibilidad de que la Corte Suprema relegue su intervención», consideró Ambrosini, en un comunicado. «
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