La decisión del Ministerio de Salud de dejar sin efecto la prescripción de medicamentos a través de fotos de las recetas enviadas por WhatsApp o mail generó confusión en usuarios. La cartera la prorrogó hasta el 28 de febrero para aquellos con enfermedades crónicas, y desde las farmacias piden que se acelere la promulgación de la ley que pone en funcionamiento las recetas digitales, electrónicas y las plataformas de teleasistencia.
Salud había autorizado presentar recetas por imágenes desde el celular o la computadora con carácter excepcional durante el Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO). “Estas fotos de recetas no son recetas digitales o electrónicas”, aclararon desde la cartera que conduce Carla Vizzotti.
Ahora, en acuerdo con asociaciones farmacéuticas, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina y la Superintendencia de Salud, definieron que a aquellos pacientes con enfermedades crónicas que venían utilizando esta modalidad hasta hoy, se les aceptará la foto de la receta en las farmacias hasta el próximo 28 de febrero, “para facilitar el proceso de transición”.
La resolución 696/20 había sido emitida para que los pacientes con patologías crónicas no tuvieran que circular para continuar su tratamiento en medio del aislamiento. “En un contexto epidemiológico y sanitario diferente, es imprescindible retomar los procedimientos habituales, que permiten una mayor seguridad y trazabilidad de los medicamentos, promoviendo su uso racional”, destacaron en Salud. Y agregaron que en la mayoría de las provincias y de los subsectores del sistema de salud (obras sociales provinciales, sistema público de salud y algunas obras sociales nacionales y prepagas), “la posibilidad de presentar recetas a través de fotos no está vigente dado que, luego del ASPO, la resolución dejó de estar vigente. La derogación de este mecanismo es una medida consensuada con ministros y ministras de las 24 jurisdicciones en el marco del Consejo Federal de Salud”.
Al mismo tiempo, la prescripción de medicamentos mediante recetas electrónicas o digitales sigue igual que hasta el momento en todo el territorio nacional. Las autoridades sostienen que cualquier farmacia o establecimiento de salud debe suministrar los medicamentos prescriptos con firma manuscrita o electrónica.
Desde el Centro de Profesionales Farmacéuticos (Ceprofar), comentaron que el mecanismo autorizado por el Ministerio de Salud en abril de 2020 “se fue haciendo habitual, sumado a las facilidades que brinda la teleasistencia”.
Comentaron que existe una ley desde agosto de 2020 (la 27.553) que permite el uso de recetas electrónicas y digitales, pero a más de dos años de su promulgación aún no está reglamentada su aplicación, “lo que limita y genera ambigüedades en el uso de estos recursos. A día de la fecha, solo queda claro que podrán utilizarse recetas en formato papel, firmadas por el médico mediante firma manuscrita, o bien en un documento con la firma digital en el caso de médicos que tengan validada su firma mediante este mecanismo”.
“También se permitirán y continuarán vigentes, tal lo manifestado expresamente por la autoridad sanitaria, las recetas electrónicas validadas mediante sistemas informáticos como los que ha desarrollado el PAMI. Desde el Centro de Profesionales Farmacéuticos estaremos monitoreando la situación, a los fines de evitar que se interrumpan los tratamientos”, agregaron.
Rubén Sajem, director de Ceprofar, resaltó la necesidad de que la ley 27.553 sea promulgada: “La norma prevé la receta digital, la electrónica, la plataforma de teleasistencia, pero todo deberá estar autorizado previamente por el ministerio de salud, así que entre que se desarrollen las plataformas informáticas y se implemente la receta digital para médicos que no la tienen, que son la mayoría, va a demorar bastante tiempo. Entendemos el reclamo de la gente, que pide que se dicte una prórroga para seguir presentando las recetas por imágenes vía WhatsApp o mail por un tiempo, hasta que se perfeccione una verdadera receta digital o electrónica”.
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