Salta se niega a reglamentar la Ley de Salud para comunidades originarias

Por: Martín Suárez

El objetivo de la ley es garantizar una adecuada y equitativa atención médica a pacientes indígenas, con especial interés en el cuidado de niñas y niños.

Pobreza estructural y discriminación. Son dos características con las que conviven a diario 500 comunidades indígenas que pertenecen a más de 14 pueblos originarios ubicados en la provincia de Salta. Las pésimas condiciones sanitarias a las que están expuestos, entre otras cuestiones, es una de las problemáticas que arrastran históricamente. Están imposibilitados de los servicios básicos, con fuertes restricciones en el acceso al sistema de salud y al agua potable. Según datos oficiales del Ministerio de Salud Pública de Salta (MSPS), en la provincia habitan 17.156 familias y 102.936 personas de comunidades indígenas. Los más indefensos son niños y niñas menores de cinco años que viven en esas comunidades.

Un relevamiento realizado por el colectivo Infancia en Deuda, asegura que en “2018 se detectaron 1.640 niñas y niños (de 0 a 5 años) con desnutrición, de los cuales el 47% (768) vivían en la zona sanitaria Norte de la provincia, según el MSPS. Del total de casos reportados, 1.462 tenían bajo peso y 178 tenían muy bajo peso”. Esto ocurre pese a que desde el año 2014 se sancionó la ley 7.856 de Salud Intercultural, que impulsa la creación de una red de apoyo sanitario para los pueblos originarios de esa jurisdicción. Sin embargo, con la excusa de no haber reglamentado la norma, el Poder Ejecutivo salteño no avanzó en su aplicación. Ni el ex gobernador de Salta, Juan Manuel Urtubey, del Partido Justicialista; ni el actual gobernador Gustavo Sáenz, del Partido Identidad Salteña que integra la Coalición Juntos por el Cambio, reglamentaron la Ley.

El objetivo de esta ley es garantizar una adecuada y equitativa atención médica a pacientes indígenas, con especial interés en el cuidado de niñas y niños. Además, se debe proveer contención económica y social y acompañamiento integral a las familias que viven en condiciones de extrema pobreza y vulnerabilidad. “El artículo ocho de esta Ley establece que le da un plazo al ejecutivo de 180 días para reglamentarla, reglamentación que nunca se hizo y ese es el argumento de la gestión anterior y la actual para no aplicar la Ley”, señaló en diálogo con Tiempo, Martín Plaza, abogado del programa Derechos Sociales de la Niñez de la ONG Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), que integra el colectivo infancia en Deuda. “Sin la reglamentación desde el ejecutivo argumentan que no pueden darle el presupuesto específico que necesita la Ley para poder implementarse”, agrega Plaza.

La Ley de Salud Intercultural promueve que el Estado provincial considere y adecue sus prácticas a las cosmovisiones y culturas de los pueblos originarios para mejorar su acceso a las políticas públicas. Además, contempla el trabajo de facilitadoras y facilitadores interculturales en los centros de atención médica y de profesionales formados en salud comunitaria e intercultural. “De las 15 áreas operativas ubicadas en los 3 departamentos al Norte de la provincia de Salta donde viven la mayor población originaria solo en dos áreas hay facilitadores interculturales. Sabemos que algunos están contratados por el Ministerio de Desarrollo, otros por el Ministerio de Salud, es decir, no hay ni siquiera una centralización administrativa sobre el tema”, informó el letrado de ACIJ.

El 29 de enero de 2020, el gobierno de Salta declaró la emergencia sociosanitaria en los departamentos de San Martín, Rivadavia y Orán, luego de que en las primeras semanas del año fallecieran al menos nueve niñas y niños indígenas por cuadros de desnutrición o enfermedades asociadas a ella, y el agravamiento de la salud de cientos de niñas y niños en similar condición. La situación no parece haber cambiado: entre marzo y abril de este año fallecieron tres bebés en las comunidades de Monte Carmelo, Pozo la Ciega y Tierras Indígenas, por causas asociadas a la desnutrición y/o deshidratación.

“La aplicación de la norma y el cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por Salta es urgente para garantizar los derechos reconocidos a niñas, niños y adolescentes de las comunidades”, resalta el informe.

La reglamentación de esta ley está pendiente desde hace 7 años. La aplicación de la norma y el cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por Salta es urgente para garantizar los derechos reconocidos a niñas, niños y adolescentes de las comunidades. Solo a través de la reglamentación, la asignación de un presupuesto específico, la implementación de todos los dispositivos reconocidos y la coordinación interinstitucional de política pública, se podrá comenzar a mitigar la grave situación sociosanitaria que atraviesan las comunidades originarias de Salta.

Mortalidad infantil en Salta

Otros datos que incluye el informe se refieren a la tasa de mortalidad infantil provincial, que mide la mortalidad durante el primer año de vida, que es de 10 por cada 1.000 nacidos vivos y se coloca por encima de la tasa nacional (8,8 por cada 1.000), según el Indec. Sin embargo, en ciertas áreas de la provincia, este indicador es más elevado, como en Morillo (26,6), Nazareno (19,2), Rivadavia (18,9) y Metán (18,1), según los últimos datos que publica el MSPS (2018).

En tanto, la tasa de mortalidad netonatal provincial (número de fallecidos durante los primeros 27 días de vida) es del 7,2 por 1.000 cada nacidos vivos, una cifra que también está por encima de la tasa nacional (6 por cada 1.000 nacidos vivos).

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