El fallo no implica que la causa por la denuncia de Dalma y Gianinna Maradona haya quedado desestimada.
El fallo no implica que la causa por la denuncia de Dalma y Gianinna Maradona haya quedado desestimada, sino que sólo deja sin efecto las medidas cautelares, por lo que ahora Morla podrá volver a operar la marca Maradona en el país y en todo el mundo, pero continuará siendo investigado en el proceso.
La medida fue adoptada por la Sala 4 del mencionado tribunal, en un fallo divido, con la mayoría de los camaristas Jorge Luis Rimondi y Hernán Martín López y la disidencia de su colega Ignacio Rodríguez Varela.
“La verosimilitud del derecho invocado se ha tenido por acreditada exclusivamente mediante la documentación aportada por las propias solicitantes (…). Hasta tanto pueda demostrarse mediante el avance de la pesquisa la hipótesis sostenida por la querella, de momento, la imposición de la medida cautelar dispuesta aparece como prematura”, señaló el juez López en sus fundamentos de la resolución, a la que accedió Télam.
En un comunicado, el estudio Morla señaló este viernes que “la marca Maradona fue cedida por el propio Diego, en vida, en el año 2015 a Matías Morla con la idea de que la misma sea un respaldo económico para las hermanas del Diez, quienes no heredaron nada de su fortuna”.
“Ahora –continúa el texto-, la Justicia dictaminó y todo queda como lo pidió el propio Maradona: Matías Mora y las hermanas de Diego tienen la titularidad exclusiva de la marca”.
Sin embargo, una fuente judicial ligada al expediente explicó a Télam que el fallo de la Cámara no implica que en un futuro, si se suman elementos que acrediten que Morla se valió de alguna maniobra ilícita para lograr que Maradona le cediera las marcas, la Justicia vuelva a inhibirlo.
En el fallo de hoy están mencionados los distintos documentos en los que Maradona le cedió los derechos de sus marcas a su apoderado: un primer poder del 7 de diciembre de 2014 firmado en Abu Dhabi,
Emiratos Árabes Unidos; la creación en 2015 de la firma Sattvica SA; otro del 4 de enero de 2016 donde Morla, en carácter de apoderado de Maradona suscribió una cesión a título gratuito de esas marcas a Sattvica SA; y otro de administración y disposición a favor de abogado del 30 de junio de 2016 en una escribanía de Buenos Aires.
El 5 mayo pasado, y a pedido de las denunciantes, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 43, a cargo de la jueza Alejandra Provítola, había decidido ampliar la orden de prohibición de innovar y contratar para las marcas “Diego Armando Maradona, Maradona, El 10, La Mano de Dios, Diegol, Diego Maradona y El Diego”, entre otras registradas en el país y en el mundo.
Esa decisión fue apelada por el abogado de Morla, Mauricio D´Alessandro, y derivó en el fallo de hoy.
La causa se inició en marzo pasado, cuando Dalma y Gianinna denunciaron penalmente al abogado Morla por el delito de defraudación por administración fraudulenta, al acusarlo de apropiarse de la marca de su padre en base a “la traición, la deslealtad, la infidelidad y el abuso de poder”, según la presentación a la que en su momento tuvo acceso Télam.
“Podría decirse que Morla actuó como un verdadero administrador de un patrimonio ajeno o que lo tuvo a su cargo por extensísimas facultades, de hecho al inicio de la relación, después jurídicas, en razón del otorgamiento a su favor de un amplio poder en el año 2016”, señala el escrito en el párrafo siguiente.
“En definitiva, la actuación de Morla representa un caso paradigmático de traición, deshonestidad y abuso, que merece y debe ser castigado con todo el peso de la ley”, dijeron las hijas del “10” en otro de los párrafos.
Maradona, la mayor figura de la historia del fútbol mundial, murió a los 60 años el 25 de noviembre de 2020 al mediodía, en una casa del barrio privado San Andrés, de Tigre, donde transitaba la internación domiciliaria que está bajo investigación penal en la justicia de San Isidro.
La autopsia determinó que murió como consecuencia de un «edema agudo de pulmón secundario a una insuficiencia cardíaca crónica reagudizada» y descubrieron en su corazón una «miocardiopatía dilatada».
Tras las conclusiones de una junta médica, siete profesionales de la salud fueron imputados por «homicidio simple con dolo eventual», figura penal que prevé de 8 a 25 años de prisión y que fue elegida por los fiscales tras una investigación en la que concluyeron que el equipo médico de Maradona fue «deficiente», «temerario» e «indiferente», y que sabía que el «10» podía morirse y no hizo nada para evitarlo.
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