Rechazan denuncia contra Massa por la sesión en la que Cambiemos copó el recinto

Por: Néstor Espósito

Había sido presentada por el abogado Santiago Nicolás Dupuy. El fiscal Taiano consideró que "la cuestión traída a estudio resulta ajena al derecho penal".

El fiscal federal Eduardo Taiano desestimó una denuncia contra el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, por presuntas irregularidades en la sesión mezcla de presencial y remota en la que se aprobaron leyes sobre la pesca y el turismo.

“La cuestión traída a estudio resultaría ser ajena al derecho penal. Si bien es habitual que algunas personas intenten buscar soluciones a todos los conflictos en el ámbito penal, ello muchas veces no resulta ser el camino apropiado sino que corresponde que sus inquietudes sean canalizadas en la órbita adecuada”, dictaminó Taiano.

La denuncia contra Massa fue formulada el 2 de septiembre pasado por el abogado Santiago Nicolás Dupuy de Lome, un habitual trajinador de Comodoro Py que, esta vez y por la pandemia, formuló la presentación por vía remota.

Según el escrito originario, Massa “hizo sesionar a la Cámara de Diputados como presidente fuera de las normas vigentes en la Constitución ya que el protocolo de sesiones que se habían adoptado por la pandemia está vencido y por ende debería ser renovados o tratarse con sesiones presenciales”.

“No sólo eso –añadía el texto- sino que estando diputados del bloque de Juntos por el Cambio presentes en el recinto los hizo pasar como ausentes violando toda norma constitucional además de incumplir con sus deberes”.

Taiano le envió a la jueza María Servini el dictamen en el que replicó que “no se advierte la afección de algún bien jurídico protegido por el derecho penal”.

“Las cuestiones puestas de manifiesto deberían ser canalizadas en la misma Cámara de Diputados o en el fuero Contencioso Administrativo Federal”, opinó el fiscal.

Taiano explicó que la denuncia fue imprecisa y sin entidad para impulsar una acción penal: “lo sostiene a través de una somera descripción que menciona de forma genérica sesiones, normas vigentes, vencimientos de plazos y normas constitucionales, sin aportar una fecha o al menos un elemento probatorio”.

El dictamen negativo de Taiano implica el virtual fin de la causa, porque al no haber querella y sin impulso fiscal, la jueza no podría avanzar aun cuando creyera que sí existió delito.

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