Reabren causa a Prefectura por «hacer bailar» a una aspirante y provocarle serias lesiones físicas

Por: Néstor Espósito

La joven tenía 19 años al momento del hecho. La investigación fue archivada en distintas ocasiones.

Una voluntaria aspirante a incorporarse al Grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina sufrió daños a la salud durante la «Etapa de Instrucción», en la que fue sometida a movimientos vivos después de haber avisado a sus superiores que se sentía con dolores en el cuerpo.

La Cámara de Federal de Casación reabrió la causa, casi seis años después y tras dos sucesivos archivos por parte de otros juzgados, y ordenó investigar el caso como posibles violaciones a los tratados de Derechos Humanos a los que suscribió la Argentina y también con perspectiva de género, pues la damnificada pudo haber padecido los malos tratos por ser mujer.

El caso, hasta ahora invisibilizado, se conoce en medio de la aparición de iniciativas, incluso legislativas, que proponen el regreso del Servicio Militar Obligatorio como una forma de ordenamiento y contención a sectores jóvenes de la sociedad, que abandonaron los estudios y tienen dificultades para obtener empleo formal.

La diputada provincial santafesina Amalia Granata impulsó hace un par de semanas la iniciativa, de la misma manera que ante lo habían propuesto el ex diputado salteño Alfredo Olmedo, y rápidamente algunos sectores de Juntos por el Cambio –entre ellos la ex ministra de Seguridad Patricia Bullrich- aplaudieron la iniciativa.

En este caso en particular, los camaristas Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa reabrieron la investigación sobre los daños que padeció en su salud María Milagros Smidt, una joven de 19 años, quien el 13 de diciembre de 2016 fue sometida a una «fajina» desproporcionada «dentro de las instalaciones de la Prefectura Naval Argentina en la localidad de San Fernando, por parte de sus superiores jerárquicos; es decir, de funcionarios públicos».

Recién había asumido el gobierno de Mauricio Macri y fluía en el gobierno cierto ánimo reivindicativo del accionar de las fuerzas armadas durante la dictadura, a punto tal que desde un editorial del diario La Nación se reclamaba el fin de los juicios por delitos de lesa humanidad.

El fallo explica que “el 13 de diciembre de 2016 cuando en horas de la mañana cumplía el ‘Curso de Adiestramiento Básico Especial de la Agrupación Albatros’, en la localidad de San Fernando y con motivo de los ejercicios de instrucción, sufrió lesiones en su cadera y la columna y que al momento del hecho comentó las circunstancias a sus instructores quienes, a pesar de ello, la hicieron continuar con el entrenamiento. También puntualizó que con posterioridad y siguiendo con la práctica, se le indicó hacer marcha corriendo aproximadamente diez cuadras portando el mástil con la bandera. En igual sentido, destacó que ese día y tras llegar a la sede de la agrupación, se le ordenó lavar automóviles, para más tarde hacerla participar (pese a encontrarse dolorida, según su versión) de la instrucción con fusil y armamento, entre las 14.00 y 17.00 horas; actividad que dijo, efectivamente, llevó adelante. Smidt, aseveró que las lesiones registradas se produjeron durante el citado entrenamiento, que el trato y la asistencia médica recibida en la ocasión fueron deficitarias; agregando que su problema de salud se agravó con motivo de la conducta abusiva cumplida por los instructores que actuaron en la ocasión.

Esos «movimientos vivos» eran un clásico durante la etapa de instrucción del Servicio Militar Obligatorio. Los oficiales «bailaban» a los conscriptos, que eran obligados a extenuantes ejercicios físicos pero también a hacer «cuerpo a tierra» sobre cardos (en el mejor de los casos) o excrementos, soportar gélidas temperaturas o agobiantes calores sin indumentaria adecuada y todo otro tipo de tratos degradantes. Lo mejor que podía pasarles tras superar esa etapa era recibir un destino como chofer de algún alto rango militar, ser asignado a tareas administrativas y pasar uno o dos años de la manera más tranquila posible, limpiando oficinas o cumpliendo funciones de cadete.

El Servicio Militar Obligatorio concluyó abruptamente en 1993, después de que fuera asesinado el soldado Omar Carrasco.

En el caso de la aspirante Smidt, no sólo sufrió daños como consecuencia de la instrucción: las autoridades de la Prefectura también están acusadas de haber fraguado un certificado en el que la joven recluta aparece «refiere antecedente de acortamiento de miembro inferior izquierdo desde los 8 años de edad», lo que –según la propia denunciante- «constituye una aseveración falsa». Un intento de atribuir a situaciones precedentes la naturaleza de los daños sufridos.

En dos ocasiones, la causa fue archivada, pero ante la apelación de la damnificada la Casación sostuvo que «la resolución bajo estudio resulta arbitraria, pues el archivo de las actuaciones se ha decidido de manera prematura, omitiendo disponer las medidas de prueba solicitadas por la querellante a los fines de ampliar la pesquisa».

El voto de la jueza Ana María Figueroa hizo especial hincapié en que «la cuestión sometida a examen en la presente causa impone su análisis desde las normas convencionales, con jerarquía constitucional, en tanto se investiga la denuncia de un caso de posible violencia institucional por parte de funcionarios de la Prefectura Naval Argentina en ejercicio de su función y en perjuicio de la marinera María Milagros Smidt, en ocasión de la realización de los ejercicios de instrucción ordenados en el marco del Curso de Adiestramiento Básico Especial de la Agrupación Albatros».

Pero además subrayó, en una extensa explicación, que «en este caso los hechos por los cuales fueran archivadas las actuaciones podrían vincularse con la violencia de género y ello impone que deban tomarse las medidas judiciales adecuadas para evitar esos delitos».

Justamente en las últimas horas un Jurado de Enjuiciamiento de la provincia de Santa Fe resolvió destituir al juez local Rodolfo Mingarini por la ausencia de perspectiva de género en sus fallos, en 11 casos relacionados mayormente con abusos sexuales.

El máximo tribunal penal del país resolvió «anular la resolución recurrida y remitir las actuaciones al juzgado de origen para que continúe con la sustanciación del proceso». La investigación, seis años después, quedó en manos del juez federal número uno de San Martín, Emiliano Canicoba, hijo del ex juez Rodolfo Canicoba Corral.

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