El juez de Dolores consideró que el fiscal del triple crimen de General Rodríguez "llevó adelante actividades de investigación e inteligencia criminal en perjuicio de numerosos ciudadanos” como parte de la asociación ilícita.
El fiscal de Mercedes fue procesado por los delitos de “asociación ilícita, violación a la ley de Inteligencia, abuso de autoridad y extorsión”, cometidos en contra de los políticos y empresarios Alfredo Olmedo, Ricardo Colombi, Eduardo Tassano, Sergio Flinta, Eduardo Alejandro Vischi, Mario Víctor Cifuentes, Pedro Etchebest, Giselle Robles, Dov Killinsky y Bernardo Marcelo Yungman.
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“Se ha corroborado prima facie que, en connivencia con otros imputados –Marcelo D´Alessio y Rolando Barreiro-, el Fiscal de Mercedes llevó adelante actividades de investigación e inteligencia criminal en perjuicio de numerosos ciudadanos/objetivos de la organización investigada”, sostuvo el fallo, de más de un centenar de páginas.
El juez dictó el procesamiento con un embargo de diez millones de pesos pero sin prisión preventiva porque entendió que “debe valorarse positivamente no sólo su arraigo en la ciudad de Mercedes en la que convive junto a su familia, sino su pretensión de colaborar con la investigación a partir de que fuera convocado al proceso, más allá de aquellas maniobras”.
“No puede dejar de atenderse que el fiscal imputado se ha puesto a derecho, ha concurrido cada vez que ha sido citado, ha entregado voluntariamente su aparato celular, ha participado de todos los actos por los que ha sido requerido y ha cumplido adecuadamente con las reglas de sujeción al proceso dispuestas por el tribunal”, escribió el juez, en una tácita comparación por la oposición con la conducta de otro fiscal imputado en la causa, Carlos Stornelli.
En cuanto a la conducta de Bidone, el juez consideró que “se valió de ‘espías’ con quienes intercambiaba información para avanzar en supuestas líneas de investigación en torno al denominado Triple Crimen –en el que ya no podía intervenir formalmente por haberse remitido por incompetencia a otra jurisdicción en febrero del año 2016-, al tiempo que utilizaba esas actuaciones –en legajos fiscales reservados- para reclamar información sensible sobre determinadas personas que por diferentes razones fueron objeto de distinto tipo de actividades ilícitas por parte de la organización”.
Ramos Padilla advirtió que “ningún funcionario público puede valerse de ‘espías’ para investigar por fuera de cualquier marco legal a los ciudadanos, sean estos políticos, empresarios, abogados defensores en causas transcendentes, imputados, sospechados. (…) Sólo excepcionalmente se les otorga a determinados funcionarios – como ocurre con los jueces, fiscales y funcionarios del área de seguridad- la facultad de realizar investigaciones criminales sobre determinadas personas, pero aquellas siempre deben realzarse dentro de un marco legal”.
El juez recordó que la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) tenía conocimiento sobre las actividades presuntamente ilegales de D’Alessio desde el 21 de diciembre de 2017, y que además mantenía relaciones funcionales e institucionales con Bidone. En ese sentido, subrayó que el falso abogado “se daba a conocer como miembro de la AFI más allá de que el fiscal pretenda justificar los aportes que realizó y vincular su actividad con el objeto procesal de los expedientes que tramitaba, está claro que la información que recogía tenía otra finalidad que eran la extorsión, la intimidación y el espionaje con fines políticos, económicos y judiciales”.
El juez descreyó del argumento exculpatorio del fiscal de Mercedes y consideró que obró sabiendo de la ilegalidad de sus actos: “El sólo hecho de que los investigados por su presunta relación con el ‘Triple Crimen’ hayan sido Alfredo Olmedo – diputado nacional y precandidato presidencial-, Ricardo Colombi – por ese entonces gobernador de la provincia de Corrientes- o la doctora Giselle Robles –abogada en un caso de corrupción de trascendencia pública-, entre otros, da cuenta del conocimiento del fiscal Bidone de que con su accionar participaba de diferentes maniobras ilegales que nada tenían que ver con su actuación judicial sino que estaban orientadas a llevar adelante los planes delictivos de la organización ilícita investigada”.
Para el juez, “resulta por demás llamativo, contradictorio y por ende poco razonable el señalamiento de Bidone de haber sido infiltrado por los servicios de inteligencia. Ello pues, de manera simultánea a esa hipótesis de defensa, ha sostenido también que una de las posibles líneas de investigación del Triple Crimen y del tráfico de efedrina que habría sido su móvil, estaba relacionado precisamente con la actuación ilegal de los mismos servicios de inteligencia”.
“Bidone no podría razonablemente alegar haber sido ‘infiltrado’ por la AFI si paralelamente se reunía con sus máximos jefes e ‘investigaba’ de manera informal con agentes que se le presentaban como pertenecientes a esa agencia. En todo caso su relación con la AFI o con quienes creía eran de la AFI, fue consentida, aceptada por el propio Bidone que usufructuaba esa relación en lo que él denominaba ‘intercambio de información’, al tiempo de que asistía al domicilio de D´alessio y concurría a reuniones con importantes legisladores en el Senado de la Nación”, enfatizó el magistrado.
Del mismo modo que deslizó sordas críticas hacia algunos miembros del poder político y judicial, Ramos Padilla resaltó la labor del Fiscal General de Mercedes, Pablo Alejandro Merola y del Procurador General provincial, Julio Conte Grand, pues “primero, dispusieron el traslado de Bidone a otra Fiscalía, resguardaron su despacho para preservar la prueba que allí pudiera hallarse y luego, lo licenciaron y formularon la denuncia penal correspondiente”.
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