Lo dispuso el juez Martínez de Giorgi. También procesó al médico Julio Sacher, quien firmó la partida de nacimiento.
No obstante, no irán a la cárcel: según el anterior Código Procesal, el dictado de la prisión preventiva es el equivalente al actual procesamiento, y en ese contexto el juez dispuso que el encarcelamiento no se hará efectivo.
Se trata de una cuestión procesal que, en los hechos, evitó una situación de extrema tirantez, pues el propio nieto recuperado, cuyo nombre real es Guido Montoya Carlotto pero reivindica también el que lo acompañó en su vida, Ignacio Hurban, se opone férreamente a cualquier medida que comprometa la tranquilidad del matrimonio al que creció llamando papá y mamá.
El juez dispuso la medida contra Clemente Hurban, próximo a cumplir los 70 años de edad, y su mujer, Juana María Rodríguez, de 66. Además de ellos, la medida alcanza también a Julio Luis Alberto Sacher, el médico de 81 años de edad cuyo nombre aparece en el acta de nacimiento falsificada para fraguar la verdadera identidad del nieto de la titular de Abuelas de Plaza de Mayo.
Ignacio Guido Carlotto es hijo de Laura Estela Carlotto, quien según la investigación judicial lo dio a luz mientras permanecía detenida en el Centro de Detención Clandestino La Cacha que funcionaba en los alrededores de la Ciudad de La Plata.
Según la documentación recogida a lo largo de estos años, permaneció allí desde diciembre de 1977 hasta agosto de 1978, y el parto habría sucedido presuntamente el 26 de junio de 1978 en el Hospital Militar Central con asiento en Capital Federal.
La causa tramitó inicialmente ante la jueza federal María Servini, pero fue recusada y entonces pasó a manos de Martínez de Giorgi. En una resolución de 28 páginas, el magistrado tuvo por acreditado que Hurban y Rodríguez efectivamente hicieron insertar en el acta y el certificado de nacimiento de Ignacio Montoya Carlotto datos falsos con respecto a la filiación alegada a su respecto. Por su parte, Julio Sacher intervino personalmente en el último documento mencionado en su carácter de médico y de ese modo se expidió el DNI a nombre de Ignacio Hurban, resultando de esta forma alterados su estado civil y su identidad.
El matrimonio, que aún vive en la ciudad bonaerense de Olavarría, fue considerado por el juez autor penalmente responsable del hecho imputado y calificado en la figura de falsedad ideológica de documento público, en concurso ideal con alteración del estado civil de un menor de diez años.
No obstante, el juez entendió que el suceso endilgado, la calificación jurídica adoptada, la escala penal establecida por las figuras en estudio, la naturaleza de los hechos investigados, en función de las particularidades observadas en su desarrollo y las características personales de cada uno de ellos, exigen que prime la libertad durante el trámite del proceso.
La causa pasará ahora a revisión de la Cámara Federal y luego, a la etapa de juicio.
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