La denuncia fue realizada por Militta Bora y la causa se reabrió después de que Casación determinara que los derechos de la denunciante habían sido vulnerados. Los hechos habrían ocurrido en 2016.
El fallo fue dictado por el juez Luis Alberto Schelgel, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 60, quien encontró a “Chano” autor del delito de “abuso sexual agravado por haber sido cometido mediante acceso carnal”, en perjuicio de Mili Gabriela Belén Bora, y le trabó un embargo por 704.700 pesos.
De acuerdo con el auto de procesamiento de 15 hojas, el magistrado dispuso que fuera sin prisión preventiva, al considerar que “no se observan riesgos procesales”, que el imputado no tiene “antecedentes penales” y siempre estuvo “a derecho” en la causa.
Según la denuncia de la víctima, el hecho ocurrió durante el mes de agosto de 2016 en el departamento en el que convivía junto al cantante del grupo “Tan Biónica”, ubicado en la calle Deheza al 2900 de Saavedra.
En ese marco, ocurrió una discusión luego de que “Chano” consumiera estupefacientes, lo que lo volvía “paranoico y violento”, y horas después, cuando pasaron los efectos de la droga, el imputado abusó sexualmente de ella en la habitación.
“Inicialmente, cabe advertir que la verosimilitud de la imputación formulada por Bora está acreditada a partir, fundamentalmente, de un contexto convictivo conformado por varios elementos probatorios que revelan, al menos en clave de probabilidad positiva, que los hechos ocurrieron tal como fueron denunciados”, señaló el juez Schelgel en su escrito.
En ese sentido, añadió que “en un caso de tenor sexual como este, que se comete en determinadas y particulares situaciones en las que el autor procura intimidad con su víctima para asegurarse que nadie está observando su asedio o su ataque, el relato de la querellante cobra especial relevancia tanto porque lo expuso y ratificó en distintas dependencias”.
Es que el magistrado enumeró que la cantante declaró bajo juramento ante la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y ante dos fiscalías penales distintas, en las cuales “invariablemente, describió y documentó, la violencia verbal y física de Moreno Charpentier y particularmente, cómo la sometió sexualmente a pesar de su negativa”.
El juez también tuvo en cuenta el informe del Departamento de Psicología del Cuerpo Médico Forense y el testimonio de tres testigos, uno de ellos de la madre de la víctima.
“Este hecho se enmarca en un claro contexto de violencia de género, entendido como una acción que constituye una manifestación de la violencia de género basada en la discriminación de las mujeres, es decir, que se produjo en un contexto de dominación o de control general coercitivo. El contexto de agresión y malos tratos relatado por la denunciante, como se dijo, fue corroborado por varios testigos”, puntualizó Schelgel.
Por último, al fundamentar la calificación legal del hecho, el juez sostuvo que se pudo reconstruir la existencia de “violencia física” para que “Chano” cometiera el abuso, a partir de “las lesiones de las que dan cuentas las fotos agregadas al sumario que, según Bora, fueron inferidas cuando el imputado le ´marcó los brazos´ para anular su resistencia y obligarla a tener sexo”.
En el festival Lollapalooza de marzo pasado, «Chano» le dio lugar durante su show al regreso de Tan Biónica, el grupo que comandó hasta 2016 junto a su hermano Bambi, y prometió «una última noche mágica en un estadio de Buenos Aires», que se concretará el 28 y 29 de octubre próximos en el estadio de Vélez Sarsfield.
Esa fue su vuelta a los grandes escenarios, luego de que el 26 de julio del 2021 el músico fuera baleado por el policía Facundo Amendolara (29), tras una crisis vinculada al consumo de drogas que sufrió en el barrio Parque La Verdad, en el partido bonaerense de Exaltación de la Cruz.
El cantante estuvo internado 18 días en el Sanatorio Otamendi, donde debieron extirparle el bazo, un riñón y parte del páncreas.
Por el hecho, en octubre del año pasado el policía Amendolara fue sobreseído por la Justicia de Zárate-Campana, que consideró que actuó en «legítima defensa».
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