El fallo pertenece a la Cámara Federal de apelaciones de Paraná.
El Dr. Manuel Luaces, Magister en Justicia Constitucional por la Universidad de Bolonia, aseguró que «con esta declaración de inconstitucionalidad del decreto, la Superintendencia de Servicios de Salud recobra su legitimidad para autorizar el aumento de las cuotas cuando el mismo esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgos».
«Además, podrán establecer precios diferenciales para los planes prestacionales, al momento de su contratación, según franjas etarias con una variación máxima de tres veces entre el precio de la primera y la última franja etaria», explicó Luaces.
Luaces, especialista en Derecho a la Salud, señaló además que «es una buena noticia para los usuarios de prepagas y es un golpe para la pretensión del gobierno nacional de desregular el mercado de medicina prepaga a través de un decreto».
El referente de la UTEP alertó por nuevos incumplimientos y adelantó una ampliación de la…
El Vaticano informó que el Sumo Pontífice "permaneció alerta, orientado y cooperativo en todo momento".
La emblemática empresa francesa productora de vasos y platos de vidrio templado Duralex se había…
La institución fundada en 1991 fue saqueada a comienzos de 2025, generando pérdidas por más…
Un informe de Cepa midió el impacto que tuvo la gestión libertaria sobre quienes pagan…
Ocurrió el 3 de marzo del 2000, después de una noche agitada, en un hotel…
En los últimos quince años el río Matanza Riachuelo dejó de ser visto como un…
La comisión gremial interna realizó el cálculo en base a los mismos indicadores que elabora…
El orgullo de los chinos por su cultura y tradiciones se expresa cada vez más…
Con estos resultados, la película dirigida por el estadounidense Sean Baker se coronó como la…
El primer ministro Keir Starmer convocó de urgencia una cumbre en la Casa de Lancaster…
A cinco años de la detección del primer caso de Covid-19 en la Argentina, un…