Desde la Comisión Provincial por la Memoria aseguraron que el uniformado filmaba y tomaba fotos a quienes participaron de la caravana.
En este marco, Tiempo dialogó con Roberto Cipriano García, abogado y secretario ejecutivo de la CPM: «Presentamos la denuncia conforme a la Ley Nacional 26.827, que establece el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes», argumentó.
Continuó reforzando. «Solicitamos que se investiguen las tareas de inteligencia ilegal realizadas por un policía de la bonaerense, que están prohibidas por la Ley Nacional 25.520, de Bases Jurídicas, Orgánicas y Funcionales del Sistema de Inteligencia de la Nación».
Los hechos sucedieron en las inmediaciones del polideportivo Gorki Grana de Morón y fueron comunicados a la Comisión por organismos de Derechos Humanos de la zona Oeste y por el concejal de este distrito, Diego Spina, jefe del bloque de Unión por la Patria (UxP), en el Concejo Deliberante local.
Cipriano explicó. «Estas prácticas ilegales vienen ocurriendo hace mucho tiempo, como las que fueron comprobadas en el juicio por el caso de gatillo fácil de Lucas Verón. También sucedió durante jornadas de Derechos Humanos en el Cementerio de General Lavalle, entre otras que nosotros hemos registrado».
Por su parte, el intendente de Morón, Lucas Ghi, realizó un pedido de informes a la Jefatura de la Policía Bonaerense. «El día de la caravana por la memoria, un grupo de asistentes detectó la presencia de un policía uniformado que estaba dentro de un auto particular. Mientras tanto, usaba su teléfono celular para filmar, tomar fotos y registrar a las personas que se manifestaban pacíficamente», denunció el secretario ejecutivo.
«Muchas personas se acercaron al auto y exigieron al policía que se identificara. Este episodio que señalé -apuntó el letrado- quedó registrado en un video filmado con el celular del efectivo de la Bonaerense. Por lo cual, solicitamos que la Justicia analice el aparato».
Desde la comisaría Castelar 3°, dijeron que el policía estaba cumpliendo con el pedido de servicio y control de la movilización solicitado por los manifestantes. «Sin embargo, nadie pidió esa medida policial. Además, tampoco se acreditó quién o cuál superior del subcomisario Marcos de La Cruz, habría dado la orden», remarcó el abogado.
«Los uniformados no pudieron dar una respuesta coherente o sostenible sobre el asunto. El policía implicado exigió que los manifestantes dejaran de filmarlo, porque si no, no les daría más información sobre su presencia durante la caravana», reconstruyó.
En la denuncia penal, presentada ante el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional 2 de Morón, a cargo del juez Jorge Ernesto Rodríguez. «Sostenemos que estas acciones desplegadas por personal de la Policía Bonaerense constituyen una flagrante violación a la Ley de Inteligencia Nacional 25.520», denunció.
Cipriano siguió relatando. «La norma prohíbe la comisión de actividades de inteligencia sobre organizaciones políticas, sociales y organismos de Derechos Humanos. Por lo tanto, las acciones cometidas por el uniformado, además, podrían constituir otros delitos que deben ser definidos durante el proceso de la investigación judicial».
«En nuestra presentación incorporamos los antecedentes y lo prescrito por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), donde subraya que las acciones de inteligencia tienen que tener como objetivo un fin legítimo. También que cumplan con los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad que están normados», finalizó el secretario ejecutivo.
En esta línea, cabe destacar que en el artículo 4° de la Ley 25.520 prohíbe «a cualquier órgano de inteligencia la obtención de información, la producción de inteligencia o almacenamiento de datos sobre personas. Así sea por el sólo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales. O por actividades lícitas que desarrollen en cualquier esfera de acción».
También establece para quién cometa dicho delito: «La pena de 3 a 10 años de prisión e inhabilitación especial por el doble del tiempo el funcionario estatal que realice acciones de inteligencia prohibidas por las Leyes vigentes«.
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