Pensamiento decimonónico

Por: Héctor Recalde

Por Héctor Recalde, Diputado Nacional.

El presidente de la Nación ha hecho afirmaciones que incurren en violaciones a principios republicanos y especialmente dirigidas contra derechos universales de los trabajadores y también contra la independencia del Poder Judicial. En realidad no nos sorprende por el fraude preelectoral en que incurrió, con las promesas que realizó en la campaña y por las que obtuvo el voto de parte de los trabajadores y de la clase media. Esas promesas fueron violadas por sus actos de gobierno. Recordemos: 1) No voy a devaluar; 2) Voy a derogar ese maldito impuesto al trabajo (impuestos a las “Ganancias”); 3) No voy a ajustar; 4) No va a haber despidos; 5) Voy a bajar la inflación, otros «impuestos» contra los sueldos fijos.

La realidad se impone aunque la prensa oficialista la quiera ocultar.
Más trabajadores sufren descuentos por el impuesto, más trabajadores perdieron el trabajo: perdieron participación en la riqueza que producen, más trabajadores están «en negro», más trabajadores sufren contratos precarios (convenio con la multinacional Mc Donald’s), con «sueldos» de $ 4500.

Los salarios perdieron poder adquisitivo y por estas razones y otras más subió la desigualdad medida por el coeficiente Giniy decayó el PIB. La CEPAL calcula que el índice negativo será de 1,5 puntos porcentuales en 2016. Recordamos que en 2015, el último año de la «pesada herencia», según informe del Licenciado Todesca a cargo del Indec, el PBI creció un 2,1 por ciento. Según las consultoras privadas la inflación este año estará entre el 43 y el 46 por ciento.

Si esto ya es grave en orden a la Justicia Social digamos que entre los sectores damnificados también están las micro, pequeñas y medianas empresas afectadas no sólo por la caída del consumo sino también por la apertura indiscriminada de las importaciones.

Como si todo esto fuera poco, causan pánico los proyectos en danza, como una especie Pavloviana del recuerdo del neoliberalismo de los ’90.
Veamos: 1) El proyecto llamado Empleo Joven desmejora en contra de las Pymes la legislación vigente; 2) El reclamo que en Alemania le hace el presidente Macri a un diputado de la Nación y dirigente sindical, responsabilizando a los sindicatos porque no ayudan al ingreso plural de las inversiones; 3) El reportaje que el 24 de julio le hace el diario de doctrina, donde se queja de la Justicia del Trabajo porque favorece a los trabajadores; 4) La queja por el «ausentismo laboral» y la «reducción de la jornada».

Estas afirmaciones están divorciadas de la Constitución Nacional desde el Preámbulo, y entre otros de los artículos 14 Bis, 16 y 75 inc. 19 y también de la realidad tribunalicia.

El pensamiento es liberal y decimonónico ya que es universal e histórico el reconocimiento de la desigualdad negocial (el favor debilis viene del Derecho Romano). Las legislaciones de la inmensa mayoría de los países parte de esa desigualdad entre el empleador y el trabajador, razón por la cual protege al más débil, o sea al asalariado. La dictadura cívico-militar derogó el artículo de la ley de contrato de trabajo que así lo normaba pero la democracia lo recuperó (actual artículo 17 bis, que el presidente ignora).

Por otra parte no es real el «favoritismo» de los jueces del fuero laboral. En los últimos diez años que investigué, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó 20 Fallos Plenarios (los que tienden a unificar la jurisprudencia contradictoria). En diez de ellos benefició a los trabajadores y en los otros diez a los empleadores.

La queja del presidente por el «ausentismo y reducción de la jornada» la respondió hace casi 30 años la Organización Internacional del Trabajo (OIT) En efecto, en 1988 un estudio que realizó la OIT tuvo tres conclusiones con relación a la reducción de la jornada de trabajo: a) Aumenta el presentismo laboral; b) Disminuye los accidentes de trabajo y c) Aumenta la productividad.

Nosotros presentamos en 2015 un proyecto para reducir la jornada semanal de 48 a 45 horas. Recordemos que en Brasil es de 44 horas, en España de 40, en Alemania de 39 y en Francia de 35. Vale aclarar que el derecho del trabajo no crea ni destruye trabajo. Es la economía la que crea, o como ahora, destruye trabajo. Lo que la legislación laboral puede hacer es distribuir con más equidad el trabajo que existe. Si hay dos personas que trabajan doce horas, hay un trabajador excluido; 24 es divisible por dos, pero mejor si se lo hacer por tres, es decir, los tres trabajando ocho horas diarias.

En estas violaciones y desconocimiento de derechos y realidades, el gobierno proyecta flexibilizar la ley de accidentes de trabajo (LRT) cambiando la competencia del Fuero Laboral, creado por el Gral. Perón en 1944, pasándola al fuero que trata la problemática de los jubilados (Sic).

Finalmente no puedo soslayar el editorial del diario La Nación del 25/7/16 que, invocando desde el principio hasta el final «la herencia recibida», pretende bajar más aun las contribuciones patronales, que los convenios colectivos sólo se discutan por empresa –o sea, que prácticamente desaparezcan-, que negocien por productividad, que prevalezca no el mejor convenio para el trabajador, sino el de menor ámbito, aun si es el peor. Sugiere que se elimine la homologación de los convenios colectivos de trabajo por una suerte de «arbitraje obligatorio» como había «legislado» el dictador Onganía, a través de la regla estatal 16.936. Textualmente sostiene que hay que «flexibilizar y facilitar» el contrato de trabajo. Se entiende, ¿no?

También procura la pérdida de la estabilidad relativa que tiene el trabajador en el empleo mediante la «extensión del período de prueba, el contrato de plazo fijo flexible. Otras propuestas son la reducción de los costos laborales, la multifuncionalidad y la polivalencia funcional», o sea que el trabajador debe «servir para un barrido o un fregado» despreciando sus derechos a una categoría profesional, a una remuneración o a un lugar de trabajo. Claro como el agua: el regreso a la década más cruda del neoliberalismo.
Por último, también pretende terminar con la indemnización por despido ya que borra de un plumazo el 14 bis que garantiza «la protección contra el despido arbitrario» remplazándola por un fondo al que también solventa el trabajador con su aporte. Es decir que el trabajador paga su propio despido injustificado, quieren que por el acto ilícito que comete el empleador sea el trabajador quien pague.

Para no alarmar más de lo debido, estoy convencido de que el Parlamento no aprobará ninguna de estas leyes, ni siquiera si el gobierno, como hizo con la designación de los jueces en comisión para integrar la Corte Suprema, se le ocurriera emitir un DNU. «

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