El decreto 508 no otorga derechos y es contrario al principio de la negociación libre, parte esencial del derecho laboral.
Según los expertos consultados por Tiempo, se trata de una norma que no concede a los trabajadores derecho alguno con el que no contaran con anterioridad y, por el contrario, consagra un nuevo techo para las paritarias. Además, pone en blanco sobre negro la injerencia indebida que viene desplegando el Ministerio de Trabajo sobre las paritarias.
La norma establece la creación de un «Régimen simplificado voluntario de adecuación de la negociación colectiva salarial (para el) año 2018» por el cual aquellas patronales que hubieran cerrado sus paritarias en forma previa a la publicación de la norma, podrán otorgar aumentos del 5% en dos cuotas de 2,5% no acumulativas y a cuenta de las cláusulas de revisión que se hubieran plasmado en los acuerdos previos.
La creación de este régimen dispone un tratamiento diferenciado para las paritarias con una actualización de hasta el 20%, vía el nuevo «régimen simplificado», y excluye a aquellas que superen ese porcentaje.
Como en la tarde del mismo jueves, y como parte del acuerdo con el FMI, se anunció la cancelación de las metas de inflación para 2018 y la libre flotación del dólar, el nuevo techo del 20% constituye una reaseguro para las patronales y una garantía de una pérdida del poder adquisitivo durante de 2018 de, al menos, un 7 por ciento.
Matías Cremonte, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, dijo a Tiempo que la propuesta oficial «es muy contradictoria porque, por un lado, plantearon que hay paritarias libres pero por el otro habilitan a negociar a las partes por una cifra determinada. En realidad está plasmando una injerencia en la negociación colectiva. Le da a las partes algo que ya tenían. Con la legislación actual, si las partes se ponen de acuerdo, pueden reunirse y reabrir paritarias cuando lo deseen sin necesidad de contar con la autorización del Estado».
En la misma línea, Luis Campos, integrante del Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma, explicó que «lo que dice la ley es que el Ministerio de Trabajo recibe acuerdos de las partes y, mientras no afecten disposiciones de orden público, tiene la obligación de homologarlos. Acá dice que va a crear un procedimiento simple para homologar el 5 por ciento. No dice explícitamente que haya un nuevo tope pero se desprende que los acuerdos por debajo de ese tope serán homologados mientras que los que estén por encima entrarán en una nebulosa. Además, reconoce una injerencia indebida del Estado».
Campos destacó que «el Ministerio de Trabajo siempre tuvo mecanismos informales, más o menos sutiles, para marcar un techo. Ni (Jorge) Triaca ni (Carlos) Tomada aceptaban acuerdos que se descolgaran de la pauta oficial. Pero esta es la primera vez que aparece por escrito que el que lleve un acuerdo del 5% se homologa directamente».
Cremonte además destacó que el decreto «no obliga a las partes a negociar aumentos» y, subrayó que, por el contrario, «supone una confesión de que en esta ronda de paritarias el Estado ha influido muy fuertemente para que se firme el 15%».
En los considerandos del decreto, el gobierno reconoce que, a partir de las «recientes mediciones efectuadas por el INDEC», los acuerdos sellados por el 15% no son suficientes para «mantener los estándares adquisitivos de las remuneraciones». Según el último Relevamiento de Expectativas del Mercado del Banco Central el alza de precios será del 27% este año.
Para el economista Juan Manuel Telechea, investigador del Instituto de Trabajo y Economía (ITE) y docente de la Universidad Nacional Arturo Jauretche, «el número que señala el decreto impone en los hechos un techo salarial. Equivale a reconocer que el salario va a perder respecto a la inflación este año». Telechea consideró que, de esta manera «habrá un deterioro en la calidad de vida de los asalariados. Además, se va a acentuar la regresión distributiva y la inequida y la caída en el poder de compra y en el consumo le pegará a la economía.»
No puede descartarse la pronta aparición de impugnaciones ante la Justicia en la medida en que un decreto que induce a una negociación por un determinado porcentaje es contrario a la negociación colectiva libre que garantiza la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo (14.250). «
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