Habían sido absueltos por la jueza Servini, pero la familia de la víctima apeló la decisión y quedaron a un paso de la condena por "violación de deberes de funcionario público".
El fallo, firmado por el juez Juan Carlos Gemignani, pone a los bomberos Carlos Alberto Medina, Omar Alberto Vacca y Raúl Héctor Abuín a un paso de una condena por «violación de los deberes de funcionarios públicos», delito que contempla penas de hasta dos años de prisión y cuatro de inhabilitación.
Los bomberos habían sido absueltos por el beneficio de la duda en abril pasado por la jueza María Servini, pero los padres de la víctima, Paolo Menghini y María Luján Rey, apelaron la decisión.
Ahora, el máximo tribunal penal del país les dio la razón: «Los justiciables no pudieron no representarse, cuanto menos con grado de probabilidad, la ilegalidad de su obrar». La demora en hallar el cuerpo de Menghini Rey no fue, como había sostenido Servini, consecuencia «de una posible negligencia, si se quiere torpeza o inexperiencia en las tareas de salvamento que se desarrollaran el día del accidente». Por el contrario, los bomberos –según la Casación– tuvieron «un actuar ligero y deliberado» que se tradujo en «no transmitir a sus dependientes la orden de que registraran el interior de la mencionada cabina del cuarto coche del tren siniestrado a las resultas de hallar probables heridos o fallecidos».
Allí, dos días después del siniestro ferroviario, fue hallado el cuerpo de Menghini Rey. «Casi en posición fetal, aprisionado entre las estructuras metálicas de la consola de comando del motorman y la pared del lado derecho de ese habitáculo, disimulado entre los hierros retorcidos, junto con su mochila y sus ropas cuyos colores se confundían con esos hierros», según describió la resolución, a la que accedió Tiempo.
El fallo se conoce cuando todos los condenados por el episodio ocurrido en febrero de 2012 están cumpliendo la pena y cuando está en revisión la condena contra el exministro de Planificación, Julio De Vido, cuya defensa presentó un nuevo peritaje técnico (una secuencia de fotos y videos con mediciones de velocidad en todo el trayecto del tren antes de estrellarse) que vuelve a mostrar que la formación circulaba a alta velocidad pero frenó en todas las estaciones previas.
¿Cuál fue el delito que cometieron los bomberos? En opinión del juez Gemignani, «no ejecutaron adecuadamente las directivas volcadas en el Plan de Acción Coordinada ante Situaciones de Emergencia ni lo dispuesto por el Convenio Interjurisdiccional entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la respuesta coordinada ante incidentes mayores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires».
El punto central está en el lugar donde apareció el cuerpo, la cabina (anulada) del motorman del cuarto vagón del tren siniestrado. «Los imputados antes bien que clasificarla como ‘Zona de Influencia’ –circunstancia esta que seguramente motivó que en ese sector impactado interviniera personal integrante del SAME– la hubieran definido como ‘Zona de Impacto’ al igual que lo habían hecho con el área de encuentro entre el primer y segundo coche de la formación, inmediatamente se hubiese disparado en ellos ordenarle al personal a su cargo que realizase una revisión o reconocimiento integral y exhaustivo del lugar a las resultas, naturalmente, de detectar rastros de presencia humana».
El fallo reconoce «el innegable caos y confusión que en los albores del siniestro reinaba en el lugar del hecho debido a su magnitud y a las personas que resultaron heridas y fallecidas», pero en ese contexto los bomberos «no ejecutaron en tiempo y forma los deberes que normativamente tenían a su cargo».
El expediente volverá a la jueza Servini y, por orden de su superior jerárquico, deberá «dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a los lineamientos aquí expuestos». Dicho de otro modo: deberá condenar a los bomberos porque así se lo exige la Casación. «
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