Fue presentada por el abogado Guillermo Moviglia quien, además del domicilio de Julio Conte Grand, cuestiona su idoneidad y su parcialidad. Se agrega a la presentación judicial del CEPIS
La impugnación formal ingresó en la cámara Alta bonaerense el miércoles. Con el escrito, el abogado ingresó el primer rechazo al pliego de Conte Grand, que la gobernadora envió el 18 de noviembre pasado con inusitada e innecesaria anticipación, dijo el letrado. Es que lo hizo cuatro días antes de que se publicara en el Boletín Oficial el decreto 14.486 con el que Vidal aceptó la renuncia de Falbo a la Procuración General de la Corte. Además, se hizo 12 días antes de que se produzca la vacante -el decreto acepta la renuncia a partir del 3 de diciembre- lo que violenta en toda su dimensión el procedimiento establecido por el Decreto 735/04 y por la ley 14442, detalló el abogado en su impugnación.
Por otra parte cuestiona que Conte Grand no cumple con el requisito constitucional de tener dos años de residencia inmediata en la provincia, y critica que no se cumplió con la manda legal para su postulación: no están los antecedentes curriculares en ningún diario, dice y agrega que no existe en la información publicada, una sola referencia al domicilio.
La crítica más dura la realizó respecto a la idoneidad de Conte Grand para ocupar la procuración. Para el abogado, al no advertir que se violaban esos requisitos, el funcionario cometió errores extremadamente gruesos si pretende ocupar la procuración. Pareciera que el actual Secretario Legal y técnico ha sido incapaz de asesorar correctamente a quien lo propusiera, dice Moviglia. Además, advierte que el artículo 253 del Código Penal de la Nación pena con multa e inhabilitación al funcionario público que proponga o nombre para un cargo público a una persona que no cumpla con los requisitos legales.
La impugnación de Moviglia fue presentada el día después de que el Centro de Estudios Para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis) solicitó a la Justicia que aclare si Conte Grand puede ser elegido como procurador sin tener residencia legal en la Provincia de Buenos Aires, tal como pide el artículo 181 de la Constitución Provincial.
Independencia judicial. Por otra parte, la diputada socialista Gabriela Troiano criticó la falta de independencia política de Conte Grand para ocupar el cargo de procurador: es una persona de cercana relación y confianza de la gobernadora Vidal que la asesora y escribe sus actos de gobierno, dijo. Y lo comparó con las críticas que el PRO hace respecto de Alejandra Gils Carbó.
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