Un tribunal de Comodoro Rivadavia absolvió a todos los acusados por el derrame de petróleo sobre la costa de Caleta Córdova, en Chubut, ocurrido en 2007. La abogada de la única vecina que no retiró la demanda apelará el fallo. “Tiene que haber un castigo”, advierte.
Con la firma de los jueces Enrique Guanziroli, Ana María D’Alessio (votó en disidencia) y Luis Giménez, el veredicto absolutorio alcanzó al capitán del buque Presidente Arturo Illia, Ricardo Avalos; al oficial Rubén Valle; y al superintendente de la empresa Antares Naviera, Raúl Alfredo Gémini, quienes habían llegado al debate con una pena posible de hasta diez años de prisión por infracción a la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos.
Según el requerimiento de elevación a juicio del fiscal federal Norberto Bellver, “la contaminación ambiental con hidrocarburos de la costa de Caleta Córdova fue el resultado de la voluntad consciente y deliberada de los imputados”, y señaló que luego de tomar conocimiento del vertimiento al mar del petróleo, “se retiraron del lugar, sin dar aviso y sin implementar o solicitar el plan de contingencia y que con tal decisión omisiva aceptaron la creación de un daño ambiental afectando playas, acantilados, restingas, pesquerías, flora y fauna marítima”.
En su fallo, el TOF consideró que “la contaminación ambiental por hidrocarburos esa Navidad del 2007 en la costa de Caleta Córdova, aún cualquiera haya sido su origen, no pudo comprobarse que fuera un resultado previsto y querido por los acusados y menos, que desaprensivamente en el marco de sus experiencias profesionales, omitieran tomar los recaudos necesarios para evitar los daños, por un riesgo consciente y deliberadamente aceptado, fuera de expresiones sin sustento fáctico suficiente de la vindicta pública”.
El veredicto justificó que “ninguna variable de las pruebas rendidas, demostró la relevancia y vinculación de las actuaciones de los acusados, con el hecho doloso dañoso producido y no obstante el tiempo transcurrido, impide a esta altura afirmar con certeza, que ellos fueron artífices deliberados del desastre”.
“Un modelo desaprensivo con la vida”
Entre las 22:30 del 25 de diciembre de 2007 y las seis del día siguiente, durante las maniobras en la monoboya, el depósito de crudo de la empresa Terminales Marítimas Patagónicas (Termap S.A), el carguero Presidente Arturo Illia, propiedad de Antares Naviera S.A., derramó petróleo causando un daño ecológico irreparable en la costa de Caleta y afectando a más de 100 familias que vivían de la pesca artesanal y la maricultura. Para Sonia Ivanoff, abogada de Beatriz Calvo, la única vecina que mantuvo la denuncia, el fallo, aún con sabor amargo, “es para valorarlo”.
“Hay que ponerlo en una perspectiva más amplia –explicó–, la querella llegó huérfana después de 13 años, con un primer abogado que no ofreció pruebas, y a pesar de eso, existió un voto disidente que encontró mérito para condenar al capitán del buque por el delito doloso de contaminación ambiental. Si bien prevaleció que no había certeza absoluta de culpabilidad, el fallo reconoció la magnitud del daño ocasionado”.
En el mismo sentido opinó Hernán Scandizzo, coordinador del Observatorio Petrolero Sur: “Este juicio abrió la posibilidad de debatir en torno a los derrames, a la contaminación, a un modelo desaprensivo con la vida que naturaliza la presencia de hidrocarburos en el mar”.
Scandizzo destacó, además, que el derrame de Caleta “no fue un hecho aislado, sino que es algo recurrente” y que “de todo este proceso sacaremos aprendizajes para seguir avanzando en la lucha socioambiental”.
Ivanoff ya adelantó que apelará el fallo ante la Cámara de Casación porque “no vamos a dejar que el daño quede impune como si no hubiera pasado nada”.
“El ambiente –concluyó– fue dañado, la flora y la fauna fue dañada, la vida de los vecinos fue dañada, y ya nada podrá volver a su estado natural de antes del 26 de diciembre de 2007. Vamos a insistir porque tiene que haber un castigo”.
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