La candidata presidencial de Juntos por el Cambio relató un caso para justificar futuras intervenciones a teléfonos de abogados de acusados por delitos. Pero la verdadera historia esconde una omisión clave que Bullrich esquivó. Los detalles del caso que involucra al narco mexicano.
Chicaneada por su contrincante Myriam Bregman sobre su “propuesta” para escuchar las conversaciones de los presos con sus abogados, Bullrich recurrió como respuesta a las bandas de narcotraficantes, al mexicano Joaquín “Chapo” Guzmán y denunció el caso de “una abogada que mató a un testigo y a esa abogada no le habían querido intervenir el teléfono. Y sabíamos que era parte de la organización criminal”.
Todo es falso. Y acaso también sea la confesión de un delito.
Bullrich se refirió al caso de la abogada Julieta Estefanía Bonanno, próxima a cumplir los 35 años de edad y condenada a prisión perpetua el 17 de mayo de 2022 por los delitos de homicidio agravado de dos acusados por narcotráfico. No de “un testigo”, sino dos supuestos narcos: los mexicanos Rodrigo Alexander Naged Ramírez y su hijo, John Alexander Naged Aguilar.
El fallo que condenó a la abogada Bonanno, en su primer punto, rechaza los planteos de nulidad contra “la incorporación del contenido de los dispositivos móviles IPhone 6 y 8 pertenecientes a la nombrada”. Los teléfonos de la abogada no sólo habían sido intervenidos sino que también fueron secuestrados e incluso enviados a Estados Unidos para desbloquearlos y acceder a su información. La subinspectora de la División Homicidios de la Policía Federal Verónica Belén Torales viajó hasta la sede de la empresa Cellebrite Inc., en New Jersey, “para que la misma proceda a su desbloqueo”.
Gracias a esa (y otras pruebas) la abogada fue condenada por el doble crimen.
Bullrich mintió.
No obstante, la candidata de Juntos por el Cambio afirmó, durante el debate y en referencia a la abogada Bonanno: “sabíamos que era parte de la organización criminal”.
¿Cómo lo sabía? Bonanno era la defensora de un imputado y ejercía su labor protegida por la Constitución Nacional. En ese lapso su teléfono no podía ser intervenido porque no estaba sospechada de nada y no existen (legalmente, al menos) las escuchas preventivas. No se puede intervenir un teléfono porque sí. Eso se conoce como “excursión de pesca” y es causal de nulidad de cualquier causa judicial.
¿Acaso Bullrich tenía información privilegiada que había obtenido mediante un mecanismo ilegal de escucha de diálogos entre abogados e imputados, como el que está proponiendo ahora para su eventual presidencia?
Los mexicanos fueron asesinados el 4 de junio de 2018. El caso comenzó a ser investigado por un juzgado penal porteño pero rápidamente fue enviado al federal de Campana porque allí tramitaba una causa por drogas conocida como “bobinas blancas”, un cargamento de 1375,89 kilos de cocaína, “con destino a la fecha incierto, pero presumiblemente hacia el Reino de España y/o Canadá”.
Se trató, según documentación a la que accedió Tiempo, de “una maniobra tendiente a la exportación de un cargamento de bobinas de acero galvanizado, dentro de las cuales fueron acondicionados, mediante un sofisticado método de ocultamiento, 1258 paquetes rectangulares que contenían material estupefaciente”.
La organización estaba integrada por –entre otros- Max Rodríguez Córdova, Jesús Madrigal Vargas, Gilberto Acevedo Villanueva, Marcelo Rafael Cuello, Darío Maximiliano Cuello y Amílcar Darío Martino. Todos fueron condenados por el Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca en septiembre de 2021 a penas de entre cinco y 15 años de cárcel.
Rodrigo Alexander Naged Ramírez estaba procesado en esa causa desde mediados de 2017; permanecía en prisión y se encaminaba al juicio oral, pero el 16 de enero de 2018 “sufrió un accidente cardiovascular provocado por un aneurisma, por el cual debió ser intervenido quirúrgicamente e internado en terapia intensiva por alrededor de un mes”. Bajo custodia, se reponía en un departamento de la Avenida Cabildo al 2.600 cuando recibió la visita de su abogada. En la escena siguiente, estaba muerto a balazos.
La abogada Bonanno habló de un encapuchado que la “había encerrado en el baño o lavadero del departamento y desde allí habría podido comunicarse con el sistema de emergencias 911 o bien, dado aviso a transeúntes o vecinos que habrían dado aviso al servicio de emergencias”.
Los investigadores sospecharon de su versión. Trazaron como hipótesis que “o bien resultó ser un homicidio por encargo para callar los dichos de Rodrigo Naged ante un posible juicio oral u otra cuestión que haga a la venganza sobre el mismo, siendo llamativo en este caso, que el autor del hecho haya permitido que sobreviva una testigo que podría delatar su accionar”.
Entonces, el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, hizo aquello que Bullrich dijo que no había hecho: secuestró sus teléfonos e intervino sus líneas. “Surge la necesidad a los fines del éxito de la pesquisa, de ordenar la intervención de los abonados 011-15-5xxxxx y 011-46xxxx por el término de quince días”.
“Ante la posibilidad de que la línea móvil aún siga en uso (tomando como referencia que podría ser un chip diferente al existente dentro del aparato telefónico secuestrado) o bien que, siendo posiblemente ella la titular de esta misma línea, solicite la reposición a la prestataria, podría reactivar el uso de la línea en un nuevo aparato, por lo cual sería imprescindible la intervención de dicho abonado celular; para el caso del abonado fijo aportado, igual medida (intervención), a los fines de establecer cualquier comunicación que resulte útil a los fines de esclarecer el hecho”, precavió el juez.
El documento añade algo que acaso, sí, haya generado alguna confusión en Patricia Bullrich: “Nos hallamos ante la posible comisión de un delito extremadamente grave. En este sentido, siempre respetando las garantías del proceso, corresponde adoptar medidas de prueba eficaces para investigarlo”.
Siempre respetando las garantías del proceso. Un detalle.
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