Lo aseguró la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal en una causa sobre el Indec.
Los camaristas Sergio Fernández, Esteban Argento y Carlos Grecco reivindicaron, citando jurisprudencia de la Corte Suprema, que el Máximo Tribunal ha expresado que al Poder Judicial le está vedado juzgar el acierto o error de decisiones que incumben al área de política económica. Más aún: Debe tenerse presente el criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través del cual ha establecido que no les compete a los jueces resolver cuestiones de política económica, que son privativas de los otros poderes del Estado.
El fallo de la Sala Tercera de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que avaló la metodología de medición de la inflación y dejó fuera de discusión los resultados sostiene que de la totalidad de la prueba ofrecida y producida por la actora, aunque copiosa (especialmente los informes periodísticos) y considerable, no logra evidenciar la errónea elaboración del Índice de Precios al Consumidor por parte del INDEC.
Pero la cuestión de fondo es otra. El fuero que se ocupa específicamente de los asuntos en los que aparece involucrado el Estado pareció marcarles la cancha a los jueces de Comodoro Py 2002. No compete a los jueces resolver cuestiones de política económica, ni sustituir las soluciones adoptadas por el legislador, so pretexto de error, prescindiendo del texto legal que es aplicable sin esfuerzo de interpretación para instituir en lugar de él, la ley que debe regir la materia, escribió en primera instancia el juez Enrique Lavié Pico.
La cuestión traída a revisión de ésta Alzada evidencia una clara ontología de política económica. No compete al Tribunal decidir sobre el acierto o el error, el mérito o la conveniencia de las normas y actos atacados, ratificó la Cámara.
Ambas decisiones resaltan que los tribunales no pueden avanzar sobre las decisiones de otros poderes, lo que incluye también al Legislativo, con la salvedad de violaciones flagrantes de derechos consagrados en la Constitución Nacional. En resumen: las decisiones políticas no son judiciables. Y los contratos de dólar futuro, al igual que la tasa de interés que se pagó y se paga por las letras del Banco Central (LEBAC) durante el actual gobierno, no entran en la jurisdicción de los tribunales.
CFK está procesada por el juez federal Claudio Bonadio y en camino a juicio oral por dólar futuro; la denuncia de legisladores del Frente para la Victoria contra el presidente Mauricio Macri y otros funcionarios del actual gobierno por las LEBAC fue desestimada por el juez Daniel Rafecas.
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