La Sala I de la Cámara de apelaciones hizo lugar al pedido de 58 editores contra la política de reparto de la publicidad oficial del gobierno de Horacio Rodríguez Larreta.
El conflicto comenzó en febrero, cuando la subsecretaría de Comunicación Social emitió la Resolución 813 que modificó la Ley de Medios Vecinales 2587 que regula la pauta publicitaria del Registro de Medios Vecinales. Según estimaron los propios damnificados, el gobierno de Rodríguez Larreta modificó el modo del cálculo, perjudicándolos con una quita de al menos un 19% de los fondos. Muchos medios locales podrían incluso dejar de existir en desmedro de los grandes multimedios que se habrían visto beneficiados al recibir el excedente de recursos, según denunciaron editores perjudicados no se quedaron de brazos cruzados y, asesorados por el abogado Jonatan Baldiviezo del Observatorio del Derecho a la Ciudad, presentaron un amparo para que el gobierno porteño diera marcha atrás con la medida entendiendo que el Ejecutivo había tomado atribuciones de la Legislatura.
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El 5 de abril, la jueza Ana Paola Cabezas Cescato rechazó el amparo al “caracterizar sus peticiones manifiestamente inadmisibles”, en referencia a lo pretendido por los 58 editores barriales. Ese dictamen fue apelado y así se llegó al fallo del martes 12 de junio, en donde los jueces de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario revocaron el fallo de primera instancia.
La resolución, firmada por la jueza camarista Fabiana Haydeé Schafrik de Nuñez, entiende que “conforme los planteos realizados en la demanda, la afectación involucra no sólo una cuestión patrimonial sino también cuestiones vinculadas con la incorporación de variables al método de cálculo (del importe que les correspondería en concepto de pauta institucional) que no respetarían los criterios objetivos, claros y precisos (es decir, aquellos sobre los que no incide la discrecionalidad de la Administración) que, según la parte actora, contempló el legislador”.
Para Baldiviezo los jueces camaristas “comprendieron cabalmente los derechos en juego y la envergadura de los cuestionamientos constitucionales que se hicieron a la Resolución 813/2018 que modificó el sistema de determinación de la pauta institucional para los medios vecinos disminuyendo su monto arbitrariamente”.
“El amparo está orientado al respeto de la legalidad y del principio de jerarquía normativa. Contempla la transparencia de los actos de gobierno”, continuó el abogado en diálogo con Tiempo quien concluyó que el fallo garantiza “el derecho de acceso a la justicia a los medios vecinales, oportunidad que fue denegada de entrada por la anterior jueza. Ahora estamos a la espera de un nuevo sorteo que defina el próximo juez que tendrá a su cargo el trámite de la causa y que deberá seguir los lineamientos establecidos en la sentencia de la Sala”.
“La violación a los derechos de los medios vecinales es flagrante y ostensible. Estamos a la espera que la justicia deje de lado cuestiones políticas y atienda esta violación a la libertad de expresión y de los derechos culturales”, finalizó Baldiviezo.
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