Reduce la cantidad de diputados de la Asamblea unicameral de 605 a 474 y regula la elección de gobernadores.
Este viernes comenzó la ronda de discusiones en Santiago de Cuba, Guantánamo y Granma. Siguiendo los lineamientos de la nueva constitución, aprobada en febrero pasado, la normativa propone crear un Consejo Electoral Nacional y otros entes similares a nivel provincial y municipal, y se regularán temas relacionados con la elección de gobernadores y vicegobernadores provinciales.
Desde la Constitución de 1976, la ANPP, el Poder Legislativo cubano, está integrado por diputados que representan a los 168 municipios de la isla. La suma de bancas es de 605, «una cifra muy grande, demasiado movimiento de diputados en las diferentes zonas del país a La Habana en período de sesiones», indica Orestes Pérez Pérez, el representante diplomático del gobierno de La Habana en Argentina. De allí que la iniciativa que se somete a debate postule la necesidad de reducir en 131 la cantidad de legisladores a elegir. De todas maneras, seguirán siendo hasta un 50% delegados a las asambleas municipales.
Para tener en cuenta, la ANPP es unicameral y para unos 12 millones de habitantes tiene hasta ahora el doble de representantes que Argentina (257 diputados y 72 senadores = 329 legisladores) pero tendrá 474.
Otra razón para esta reducción de bancas, tal vez menos relevante, sugiere Pérez Pérez, es que como las sesiones se realizan ahora en el Capitolio, el hemiciclo resulta exiguo para tamaña cantidad de asambleístas.
La nueva ley promueve la realización de dos elecciones periódicas. Las municipales (para la elección de delegados a las asambleas municipales, su presidente y vice) y las nacionales, para la ANPP (presidente, vice, secretario) y los demás miembros del Consejo de Estado. La elección de presidente y vice de la República seguirá siendo como hasta ahora, es decir, a través de la elección por parte de la ANPP.
Un tema aparte es que se incrementan las sanciones por delitos electorales. Será penalizado con seis meses a un año de prisión o multa quien vote sin tener derecho a hacerlo o lo haga más de una vez; «el que falsifique, dañe, destruya, suprima, sustraiga, o disponga ilegalmente de todo o parte de cualquier lista de electores, síntesis biográficas y fotografías de los candidatos, boletas, documentos sobre el escrutinio, certificados de elección, o cualquier otra documentación electoral», entre otras infracciones. «
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