Casi por unanimidad, diputados aprobaron la Ley Olimpia, una norma que busca sancionar los delitos que vulnere la intimidad sexual.
Luego de dos horas de debates, la iniciativa se aprobó con 191 votos que fueron aportados por el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, Provincias Unidas, la izquierda, y dos en contra de los libertarios y una abstención del diputado Carlos Zapata (JXC).
La ley toma el nombre de una norme mexicana impulsada por la activista y víctima de violencia digital Olimpia Coral Melo.
La diputada del Frente de Todos, Mónica Macha que además preside la Comisión de Mujeres y Diversidad fue quien se sumó al impulso de las organizaciones para elaborar esta ley y tratarla en el recinto.
“El tratamiento fue muy bueno, creo que en parte porque logramos junto a las activistas, expertas y sobrevivientes instalar el tema en la agenda feminista”, expresó la diputada Macha a Tiempo Argentino. “Es un proyecto simple en cuanto a su ruta legislativa, así que el camino fue dinámico y con los acuerdos necesarios. Tiene una importancia muy grande, porque viene a reconocer una violencia, como la violencia digital, que hasta este momento no estaba contemplada como una modalidad de la violencia por motivos de género”, agregó.
La diputada destaca que como sucede con este tipo de proyectos, “además de conseguir la aprobación, logramos un debate social y una conversación pública sobre el tema. Nos queda el senado como una nueva instancia de lucha”.
Por su parte, Florencia Zerda abogada integrante de Género y TIC (Gentic) y especialista en violencia digital dice que recibieron muy gratamente la aprobación.
“Las organizaciones que venimos trabajando en este tema fue recibido de una manera muy grata. Hubo dos horas de exposiciones de oradoras en la Cámara de Diputados de todos los espectros y partidos políticos. Vemos que es un tema que interesa bastante a la sociedad. De hecho, se sancionó casi por unanimidad de los presentes”, afirma.
La sanción completa de la ley queda ahora en manos del Senado. Uno de los puntos más importantes del proyecto es que se incorpora la violencia digital como una modalidad de la violencia por motivos de género.
“Además, ordena a las plataformas a bajar el contenido agraviante, a guardarlo como prueba y promovemos instancias de educación digital para prevenir este tipo de violencia”, agrega Macha.
En ese sentido, Zerda, destaca que incorpora las medidas de protección. “Las pueden pedir las sobrevivientes que estén sufriendo estas formas de violencia ahí definidas, de manera gratuita. Cualquier juez se las debería dar solo con la petición de ellas en la denuncia. Implica un cese de contacto del agresor hacia la víctima o el retiro de publicaciones que constituyen una forma de violencia de género digital. También las políticas públicas educativas a cargo del Consejo Federal de Educación”.
La ley obtuvo media sanción con votación casi unánime. Tuvo en contra los votos de Javier Milei y Victoria Villarruel, de Libertad Avanza, y la abstención de Carlos Zapata de Juntos por el Cambio.
Las organizaciones pidieron a los diputados de Libertad Avanza que fundamenten su voto, pero obtuvieron una respuesta poco sólida.
Al respecto, la diputada Macha afirma. “No le doy mayor importancia. Es un honor para nosotras que personajes decadentes de nuestra clase política como Milei estén en contra. Agradezco que tengan la honestidad política de decir lo que piensan así nadie se confunde. Ellos están en contra de las políticas públicas. Buscan un Estado aniquilado y la guerra de pobres contra pobres en el mercado. Quieren que el machismo se vuelva la cultura nacional. Hasta mandan a los pibes a aprender sobre sexualidad mirando pornografía en lugar de la ESI. Es todo lo que no queremos. Estamos construyendo políticas y leyes profundamente populares, transformadoras, transfeministas que buscan la igualdad”.
Para Zerda este es un puntapié necesario para iniciar la serie de cambios profundos que son necesarios.
“Es complejo porque una ley no va a solucionar nada. Sobre todo, cuando tenemos un sistema judicial que carece de recursos suficientes y de personal capacitado con perspectiva de género para dar pleno curso a los recursos que prevé nuestra ley. También necesitamos una educación y una concientización en la sociedad entera, no solo en las primeras infancias y las adolescencias a través de la Educación Sexual Integral sino también en la sociedad entera”, explica la abogada.
“Una vez que se incorpore esta ley, el Ministerio de las Mujeres podrá hacer capacitaciones en todos los poderes del Estado. En realidad, una reforma integral es algo mucho más complejo que solo dictar Ley Olimpia y Ley Belén. Necesitamos un buen poder judicial, una reforma judicial feminista, una buena concientización en la sociedad y políticas públicas que investiguen sobre el tema estadísticas claras y concretas en la Argentina sobre las violencias digitales”, finaliza.
En un contexto de discursos de odio, en el que muchos partidos políticos plantean en sus campañas ir contra la agenda feminista, alcanzar esta media sanción es un logro de una lucha muy sólida y de una decisión política basada en el respecto de los derechos.
“Las luchas nunca son lineales”, analiza Macha. “Tienen momentos de avance, momentos de repliegue. Nos movemos en espirales, en zigzag, por saltos, a distintas velocidades según los temas, los espacios, las búsquedas. Creo que hay sectores de la sociedad, sectores reaccionarios, muy interesados en que el feminismo no avance. Pero nadie puede parar la fuerza de un movimiento histórico que nos precede y nos excede”.
Y resalta, “desde los feminismos populares aprendimos a luchar de muchas formas, en puntos ciegos, en resquicios, encontrando formas de organización para conseguir nuestros derechos. Este es un paso más en ese sentido. En una época política muy compleja, logramos construir los consensos y ganar una batalla más”.
–Incorpora a la Ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, la violencia digital como otra de las formas de violencia por razones de género que afectan a las mujeres.
–Se entiende por violencia digital a toda conducta, acción u omisión que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, en el plano analógico o virtual, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal.
–Establece la implementación de un servicio multisoporte, telefónico y digital gratuito y accesible, en forma articulada con las provincias, a través de organismos gubernamentales pertinentes, destinado a dar contención, información y asesoramiento sobre recursos en materia de prevención de la violencia contra las mujeres.
-Por ese mismo medio, brindar asistencia a quienes la padecen, incluida la modalidad de violencia contra las mujeres en el espacio público conocida como acoso callejero.
–Plantea la obligación de promover programas de alfabetización digital, buenas prácticas en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, y de identificación de las violencias digitales en las clases de educación sexual integral como en el resto de los contenidos educativo y en la formación docente.
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