Quiénes, cuándo, dónde y cómo podrán llevar adelante la interrupción voluntaria del embarazo, en caso de aprobarse. El IVE será presentado este martes por séptima vez.
El Proyecto, que propone la despenalización y legalización del derecho al aborto en Argentina, cuenta con la firma de más de 40 lesgisladores de todos los arcos políticos y fue girado a las Comisiones de Lesgislación General; Lesgislación Penal; Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia; y Acción Social y Salud Pública. Hasta ahora, nunca logró dictamen para pasar al debate en el recinto.
Quiénes
Toda mujer tiene derecho a decidir voluntariamente la interrupción de su embarazo. La persona mayor de 16 años tiene plena capacidad para ejercer los derechos que otorga la presente ley. Si la interrupción voluntaria del embarazo debe practicarse a una persona adolescente, entre los 13 y los 16 años de edad, se presume que cuenta con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento. Si debe practicarse en una persona menor de 13 años de edad se requerirá su consentimiento con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal. En ausencia o falta de ellos se requerirá la asistencia se tendrá en cuenta el derecho de la niña o adolescente a ser oída. En caso de una persona declarada incapaz judicialmente deberá prestar su consentimiento con la asistencia de su representante legal.
Cuándo
La interrupción del embarazo se puede realizar en un plazo máximo de 5 (cinco) días desde su requerimiento durante las primeras catorce semanas del proceso gestacional.
Cómo
Se requerirá el consentimiento informado de la mujer expresado por escrito. Las prácticas profesionales establecidas en la presente ley se efectivizarán sin ninguna autorización judicial previa. Incluye la legislación de la interrupción voluntaria del embarazo no punible que ya existe en la ley, que incluye los casos de violación (con el sólo requerimiento y la declaración jurada de la persona ante el profesional de salud interviniente), riesgo de vida o salud física, psíquica o social de la mujer y malformaciones fetales graves.
Dónde
La práctica del aborto se incorporará como prestación médica básica obligatoria a brindar a sus afiliadas o beneficiarias en los servicios del sistema de salud del sector público de salud, las obras sociales, las entidades de medicina prepaga y todos aquellos agentes que brinden servicios médico-asistenciales.
El pasado
El proyecto deroga los artículos del Código Penal que prevé prisión de hasta cuatro años para las mujeres que lo practiquen. También se elimina las penas para los profesionales de la salud que lo lleven a cabo.
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