El juez federal Alberto Recondo rechazó el pedido del Cepis sin analizar la cuestión de fondo. Apelarán la resolución y advirtieron que podría generar la anulación posterior de la audiencia.
En el fallo, el juez no analizó el planteo de nulidad porque consideró que el pedido realizado por el Cepis debe ser encauzado en un nuevo amparo. No analizó el fondo de la cuestión.
Nosotros no estamos de acuerdo con los fundamentos porque dice que no estamos en etapa de ejecución (de la sentencia de la Corte), pero el primer considerando que llama a la Audiencia Pública dice que es por la sentencia por pedido nuestro, explicó el presidente de Cepis, Mariano Lovelli. Y adelantó que va a apelar la resolución a primera hora del jueves y pedirán que la Cámara Federal se expida el mismo día.
Lovelli adelantó que en el texto de la apelación advertimos que esto puede traer acarreadas nulidades posteriores.
Por su parte, el juez Recondo aseguró que rechazó el pedido de suspensión de la audiencia por una una razón formal, pero dejamos la puerta abierta a la posibilidad de que eventualmente haya otro planteo. Pare el juez, el planteo es ajeno al proceso originario», dijo en declaraciones al diario Ámbito Financiero.
El Cepis había pedido el lunes la suspensión de la audiencia prevista para el viernes en la Usina del Arte, en Ciudad de Buenos Aires, en la que están previstos que participen 330 oradores. La presentación fue realizada en el marco del amparo contra el Ministerio de Energía y Minería que el 18 de agosto pasado frenó el tarifazo.
Lovelli detalló que en su sentencia la Corte Suprema mandó a que se discutan los tres tramos del precio del gas, lo que incluye el precio en boca de pozo, pero para la audiencia el gobierno no acompañó ningún tipo de documentación que respalde la conformación del precio del PIST.
La semana pasada el ministro Juan José Aranguren había adelantado que no consideraba que debiera informar el precio en boca de pozo y las asociaciones de consumidores le advirtieron que se incumpliría con el fallo de la Corte. Al ex CEO de Shell no le importó y los mandó a hacer juicio.
El 18 de agosto pasado, por el amparo presentado por el Cepis el máximo tribunal anuló las resoluciones 28/16 y 31/16 del ministro Juan José Aranguren y frenó el tarifazo, ordenando retrotraer las tarifas al 31 de marzo hasta que el Ejecutivo Nacional realice la audiencia pública prevista por ley.
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