La justicia ordena al Banco BBVA que devuelva dinero retenido del IFE

Por: Jonathan Raed

Fue tras una denuncia realizada por la ONG Usuarios y Consumidores Unidos, que prepara demandas similares contra otros grandes bancos.

“Por tener la cuenta abierta sin utilizarla por falta de trabajo me descontaron casi $ 7.000”; “Por mantenimiento de cuenta, no lo explica el resumen, me descontaron $ 6.100”; “Me descontaron $ 8.500 de una deuda del 2006”; “Me descontaron todo el dinero por una cuenta corriente que tenía abierta del 2002, nunca fue cerrada ni informada con deudas, tampoco nunca fue usada”; “Más de la mitad de los 10.000 se descontaron la cuota de junio y julio de la tarjeta y diciendo que era obligatorio retenerme ese dinero y que solo podía retirar $ 4.000”.

Las denuncias de los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) se multiplicaron en los archivos de la ONG Usuarios y Consumidores Unidos. Por tal caso, “usamos la Ley de Acceso a la Información Pública e hicimos una presentación ante la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor (Ministerio de Producción), ante Anses y ante el Banco Central (BCRA) para ver si había más denuncias de ese estilo. Nos encontramos con una gran cantidad de reclamos. De hecho, nos encontramos con que Anses y el BCRA ya estaban en contacto con las entidades financieras”, afirmó a Tiempo la doctora Caren Kalafatich, de la citada ONG.

Desde Anses, si bien no brindaron detalles del caso, afirmaron a este medio que “está prohibido que se retenga el IFE; esa plata no se puede tocar”.

Con esta información, Usuarios y Consumidores Unidos presentó una demanda contra el banco BBVA, en el Juzgado Nacional en lo Comercial N° 30, que a su vez ordenó al Banco BBVA Argentina SA “que cese de efectuar cualquier débito o retención a sus clientes respecto de las sumas acreditadas en concepto de IFE y restituya –mediante la acreditación directa en las cuentas y en el plazo de 48 horas– los montos de dinero que hubiera retenido o debitado”, según dice la resolución a la que tuvo acceso este medio.

Además, resolvió otorgar también el pedido de “prueba anticipada”, que consiste en obligar a la entidad financiera a brindar los registros de quejas y denuncias recibidas por este tema en distintos soportes. “Esto incluye las grabaciones de las conversaciones del banco con los clientes”, apuntó Kalafatich y agregó: “Esto podría servir para corroborar si desde el banco justificaron o no ante los clientes haber descontado dinero del IFE, lo cual siempre estuvo prohibido”.

Para la letrada, si bien la resolución es provisoria (por su carácter de cautelar), es importante “porque cualquier descuento, débito o retención debe ser devuelto en 48 horas, a la misma cuenta y no tiene que haber petición de la parte damnificada, sino que debe hacerlo el banco de oficio”.

Kalafatich aseguró que hay más demandas de la misma índole que se presentarán en los próximos días contra otras entidades financieras de gran porte. “Apuntamos a que se disponga una multa civil contra las entidades financieras, con algún interés similar al que cobran los bancos cuando un cliente tiene un atraso en un pago, a través del Principio de Reciprocidad”, explicó la abogada.

Desde la ONG entienden que estos descuentos ilegales ocurren desde el pago del primer IFE y tienen como objetivo tener el tema saldado por la Justicia antes del 25 del corriente, cuando se empiece a pagar a cuentas personales la tercera parte del IFE.

En palabras del juez actuante, “de la documentación aportada por la accionante se desprendería que ante pedidos de información pública, la ANSES habría informado que el Banco BBVA Argentina SA habría efectuado descuentos indebidos de las sumas acreditadas a los destinatarios del IFE. En sentido concordante, la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor habría informado que por la cuestión aquí sometida a consideración recibió las denuncias que detalló. De ello se desprendería que, a pesar de lo expresamente dispuesto en la normativa en cuanto a que el IFE no es susceptible de descuentos, la demandada habría efectuado deducciones a los beneficiarios. El derecho invocado es entonces muy verosímil. Y existe además un marcado peligro en la demora que habilita proceder cautelarmente, pues está en juego el derecho a la alimentación”.

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