Un juzgado de primera instancia de Mar del Plata había rechazado un habeas corpus que pedía suspender la resolución del gobierno por “la amenaza actual e inminente que representan los bombardeos sonoros contra los mamíferos marinos, principalmente, los cetáceos”, pero la Cámara revocó el fallo y aceptó dar lugar a la causa penal.
El 7 de enero, integrantes de la Asamblea Mar Libre de Petroleras, junto a abogados ambientalistas autoconvocados, presentaron en la justicia federal de Mar del Plata un habeas corpus “ecocéntrico” solicitando la prohibición de las exploraciones sísmicas autorizadas mediante la resolución 436/21 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, “atento a la amenaza actual e inminente que representan los bombardeos sonoros en la libertad ambulatoria e integridad física de todos los mamíferos marinos, principalmente, los cetáceos, con foco en la ballena franca austral en virtud de que la misma goza de protección absoluta por la Ley 23.094 que la declaró Monumento Natural”. En el mismo escrito se pidió que se la considere como un sujeto con derecho.
La denuncia detalló que las exploraciones sísmicas “representan acciones perturbadoras que tienen entidad de maltrato animal por provocar sufrimientos sistemáticos y constantes en las ballenas y en todos los mamíferos marinos”.
Un día después, es decir, el sábado 8, el Juzgado Federal N° 1 rechazó in limine el habeas corpus por considerar que la ballena franca austral no es sujeto de derecho y que la vía del reclamo no era procedente. La causa se elevó a la Cámara Federal, que revocó el rechazo y ordenó que se le dé trámite a la demanda interpuesta a favor de las ballenas francas australes por medio de una acción de amparo, remitiendo el expediente al Juzgado Federal N°2, a cargo del juez de feria Santiago Martín.
“El fallo de la Cámara Federal de Mar del Plata es de relevancia jurídica porque, si bien no se logró instalar la vía del habeas corpus respecto a los animales, a las que consideramos personas no humanas, la justicia no miró para otro lado”, destaca Fernando Cabaleiro, parte del colectivo de abogados que lleva el caso.
“Le dio importancia –continúa– a la cuestión de la biodiversidad biológica ante los extractivismos que siempre queda en un segundo plano ante planteos judiciales anquilosados en la mirada antropocéntrica. Este caso judicial es biocentrismo puro; es por las ballenas francas y todos los mamíferos que habitan el Mar Argentino, que están en la primera línea de impacto ante las exploraciones sísmicas en la búsqueda de hidrocarburos.”
Otra presentación
El juez marplatense Martín también tiene que decidir sobre otro amparo que presentó la semana pasada la Casa del Trabajador pidiendo “la suspensión de los efectos de la resolución del Ministerio de Ambiente por el cual se autorizó el inicio de las actividades explorativas hasta tanto se cuente con declaración de impacto ambiental estratégica y completa y se dé efectiva participación y consulta a los vecinos del Partido de General Pueyrredón”.
La presentación judicial pide además la intervención de la Universidad Nacional de Mar del Plata, la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, la Universidad Nacional de La Plata y del Conicet “para la elaboración de los informes sanitarios, técnicos, ambientales y su impacto”.
El 30 de diciembre, la resolución firmada por el ministro Juan Cabandié aprobó la solicitud de la empresa noruega Equinor para realizar exploración sísmica en sus bloques CAN 100, 108 y 114 de la cuenca Argentina Norte frente a las costas del sur de la provincia de Buenos Aires, con el fin de verificar la presencia de hidrocarburos y, en caso de haberlo, proceder a su extracción mediante plataformas.
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