La Corte avaló la domiciliaria a un represor condenado

Por mayoría, el máximo tribunal revocó un fallo de Casación y envió a su casa a Felipe Jorge Alespeiti por problemas de salud. Fue condenado por crímenes en la subzona Capital Federal.

Por mayoría, los jueces de la Corte Suprema Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz ordenaron beneficiar con el arresto domiciliario al represor Felipe Alespeiti, coronel retirado y condenado a 22 años de prisión por delitos de lesa humanidad. Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco, presidente y vice del máximo tribunal, votaron en contra.

Alesperiti fue condenado en 2012 por crímenes de lesa humanidad. Si bien había sido sobreseído en 2009 por el Tribunal Oral Federal 5 en el juicio en el que fue encontrado culpable su superior Jorge Olivera Róvere, la Cámara de Casación revirtió la absolución y lo condenó a 22 años de prisión por secuestros y desapariciones en la subzona Capital Federal, como el escritor Haroldo Conti y el hijo del poeta Juan Gelman.

La defensa del represor reclamó la domiciliaria, revocada también en ese fallo de Casación, por sus problemas de salud: según indicó la Corte, a sus 85 años de edad tiene trastorno senil con deterioro funcional y pérdida del setenta por ciento de la visión en uno de sus ojos y limitada capacidad de locomoción, entre otros problemas.

Los dos nuevos miembros de la Corte designados por el presidente Mauricio Macri, Rosatti y Rosenkrantz, consideraron que el fallo de Casación que había dejado sin efecto la prisión domiciliaria para el octogenario represor por el riesgo de fuga que ello implicaba no tenía fundamentos y le reclamaron a la Cámara un nuevo pronunciamiento.

A ellos se sumó Maqueda, quien pidió que se analice si la detención en una cárcel común agravaría su estado de salud y aseguró que aclaró que “de ningún modo el dictado de este fallo puede implicar tolerar o fomentar que, como un subterfugio que brinde amparo a alguna forma de impunidad, se adopten temperamentos análogos cuando ello no está verdaderamente justificado en circunstancias fundadas”.

Lorenzetti y Highton de Nolasco, por su parte, rechazaron de plano el recurso sin entrar en el fondo: entendieron que no correspondía tratar el recurso.

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