La causa del primer escándalo de espionaje ilegal de Macri se encamina hacia el cierre

Por: Néstor Espósito

La investigación del esquema de escuchas por el que el exjefe de Gobierno porteño estuvo procesado entró en coma. Un fallo lo consideró delito de instancia privada y pidió la nulidad.

Lo hicieron de nuevo. La causa por escuchas telefónicas durante la gestión de Mauricio Macri como jefe de Gobierno porteño (2007 – 2015) transita sus últimos estertores en Comodoro Py 2002. Se trata del primer gran escándalo por espionaje ilegal vinculado con Macri, quien estuvo procesado y a punto de juicio oral hasta que llegó a la presidencia de la Nación y todos los cargos desaparecieron. Ese esquema de espionaje ilegal se repitió cuando fue presidente de la Nación. Y también quedó sepultado bajo el ala protectora de los tribunales federales de Retiro.

El Tribunal Oral Federal (TOF) número cinco dispuso en abril pasado el sobreseimiento de todos los imputados por haber espiado a opositores, empresarios y familiares mediante un grotesco mecanismo que incluyó a jueces misioneros luego destituidos y le cortó la carrera política a un gran educador como Mariano Narodowski.

El tribunal acató una indicación indubitable de la Cámara Federal de Casación, que en 2018 –poco antes de que el grueso del expediente llegara a juicio oral– anuló todo, desde la primera hasta la última página. Pese a que ya habían intervenido anteriormente, no fue sino hasta entonces que los camaristas Carlos Mahiques,  Liliana Catucci y Eduardo Riggi se percataron de que el delito que se juzgaba era de “instancia privada” y el expediente había sido tramitado como “de acción pública”. ¿Por qué era importante esa diferencia? Porque un delito de instancia privada sólo puede ser impulsado por quien se siente personalmente perjudicado. No “de oficio” por un juez; tampoco por un fiscal.

La Casación simplificó una causa compleja en la que se investigaba espionaje ilegal con complicidad judicial en el marco de una asociación ilícita. La imputación original hablaba de “falsedad ideológica, violación de secretos y de la privacidad agravado por haber sido cometido por un funcionario público que abusó de sus funciones, usurpación de autoridad, títulos y honores y asociación ilícita”. Casación redujo todo eso a “intercepción ilegal de comunicaciones telefónicas” y, aferrándose a la letra de los códigos, dijo que es “de acción privada”.

“En esta causa se procedió en franca violación a las normas del Código Penal y del Código Procesal Penal de la Nación, por haberse perseguido de oficio delitos de acción privada. Vicio sustancial de procedimiento que impone la declaración de nulidad de todo lo actuado a su respecto a partir de foja 1, con el consiguiente archivo”, sostuvo la Casación.

Para aquel entonces, dos de los que podían ejercer ese rol de impulsores privados habían muerto: el empresario Carlos Ávila, titular de Torneos y Competencias (por entonces cobraba forma el programa Fútbol para todos), y Néstor Leonardo, un esotérico personaje que estaba casado con una hija de Franco Macri, el patriarca de la familia. 

Alguna vez Mariano Macri, hermano del expresidente, cuando estaba distanciado de él por cuestiones económicas, dijo que el sistema de escuchas había sido pensado por su padre, Franco, “y después Mauricio se enamoró de eso”.

La Casación encontró un vericueto para pulverizar el expediente y con ello consiguió, también, desalentar a otro de los perjudicados, Sergio Burnstein, viudo de una víctima del atentado contra la AMIA. Desistió de todo. Harto del manoseo obsceno a que lo sometía la Justicia, decidió dedicar su vida a su familia, a sus nietos y a convencerse de que el sistema judicial argentino no tiene ecuanimidad posible cuando del otro lado están los poderosos.

El juez que llevó adelante la investigación fue el difunto Norberto Oyarbide, ciertamente “operado” desde sectores de inteligencia que, por entonces, se mostraban amigables con el primer gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. ¿Quién era el fiscal de la causa? El también difunto Alberto Nisman. Pese a que su fiscalía tenía asignado sólo un expediente –la voladura de la AMIA– se metió por la ventana en la investigación porque en la maniobra de espionaje aparecía el comisario Jorge “El Fino” Palacios, quien intervino en la causa por el atentado contra la mutual judía y fue duramente cuestionado por los familiares de las víctimas, especialmente por Burnstein, uno de los espiados.

Cuando Casación anuló la causa había comenzado la cuenta regresiva para el juicio oral. Ese proceso, que venía demorado desde hacía casi una década, se interrumpió. La Cámara de Casación es el superior jerárquico del Tribunal Oral. Y si había resuelto que todo era nulo, difícilmente esa decisión podría haber sido desoída.

Por una cuestión de burocracia procesal, la defensa de Ciro James presentó una “excepción de falta de acción”. Con toda la investigación anulada, los querellantes fuera del expediente y la ausencia de un “cauce independiente de investigación” que pudiera mantener la acusación, la defensa del exespía James concluyó que no había razón para mantener abierto el expediente.

Una postura similar sostuvo la defensa de Narodowski, quien fue ministro de Educación durante la gestión de Macri como jefe de Gobierno. La estructura de la cartera educativa fue utilizada para contratar a Ciro James, quien nunca trabajó en esa área pero tenía un conchabo que justificaba su presencia en el Estado comunal. Narodowski quedó involucrado en una causa de espionaje sin tener nada que ver con ello. Su defensa está a cargo de Carlos Alberto Beraldi, el mismo abogado que asiste a Cristina Fernández de Kirchner en los procesos en los que aún está acusada por presunta corrupción.

Es curioso: las principales resoluciones de esta causa no aparecen en los registros del Centro de Información Judicial (CIJ). Ni siquiera en el Observatorio de la Corrupción, creado coincidentemente con la presidencia de Macri para consignar los expedientes que involucraban a ex funcionarios de los gobiernos kirchneristas.

El TOF confirmó la nulidad “de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Cámara Federal de Casación Penal”, revelaron a Tiempo voceros del tribunal. La votación salió dos a uno: Adriana Palliotti y Daniel Obligado acataron la imposición de sus superiores; el tercer juez, Nicolás Toselli, en cambio, insistió en que debía realizarse el debate: “es el ámbito del juicio oral y público el propicio para el mejor y más exhaustivo análisis de la vigencia de la acción penal, de los hechos, de la participación de los encausados y, particularmente, de la valoración de la prueba producida”. Quedó en minoría y perdió la votación.

El fiscal Abel Córdoba apeló el cierre de la causa –y la consecuente consagración de la impunidad– y el caso acaba de volver a la Cámara de Casación, el mismo tribunal que dijo que todo era nulo. De aquellos tres jueces sólo se mantiene uno, Mahiques, uno de “los huemules”, los viajeros al Lago Escondido en 2022 junto con otros jueces, fiscales, agentes de inteligencia y funcionarios del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por presunta invitación de directivos de Grupo Clarín.

Mahiques y otros dos jueces de similar sintonía, Javier Carbajo y Daniel Petrone, deben resolver qué pasará con el expediente. La decisión (y el pronóstico) ofrece tantas dificultades como recitar de corrido la tabla del uno.   «

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