Así lo hizo el juez federal Sebastián Casanello a partir de un planteo formulado por el dirigente social Juan Grabois.
La existencia de toneladas de alimentos sin distribuir fue denunciada por una investigación periodística del sitio web El Destape y recogida por el Poder Judicial a través de la denuncia de Grabois. El juez le encomendó a la cartera encabezada por Petovello a que “elabore un plan de distribución de dichos alimentos en atención a su tipo, cantidad, fecha de vencimiento y grupo de destino, previendo su ejecución de modo inmediato; lo que deberá informarse de manera precisa en el plazo de 72 horas”.
Casanello dispuso “librar una orden de presentación” (el aporte voluntario de documentación e información) “el detalle del stock actual de los alimentos almacenados en los depósitos ubicados en las localidades de Villa Martelli, Vicente López, Provincia de Buenos Aires, y Tafí Viejo, Provincia de Tucumán”. Ese informe “deberá incluir el tipo de alimento, y las fechas de adquisición y expiración de la mercadería”.
Además, el juez pidió “los registros de ingreso y egreso de mercadería desde diciembre de 2023 hasta la fecha; los expedientes administrativos en los que haya tramitado la adquisición de los alimentos almacenados, junto con toda otra actuación y/o documentación vinculada”.
La orden tendrá efecto inmediato: “deberá diligenciarse por el personal del Departamento Unidad Investigativa contra la Corrupción de la Policía Federal Argentina el lunes 27 de mayo del año en curso a las 9:00 horas en la sede de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Capital Humano, ubicada en Av. 9 de Julio 1925 de esta ciudad”.
Casanello dispuso que “una vez cumplida, deberá remitirse a esta dependencia la totalidad de la documentación recabada en formato digital al correo electrónico del juzgado”. “Dado que las existencias fueron reconocidas por todas las partes, como medida de acción positiva, encomendaré al citado Ministerio de Capital Humano que, en el marco de sus competencias (que incluyen asistir en todo lo concerniente a “la seguridad alimentaria, la reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores”) elabore un plan de distribución de dichos alimentos”, subrayó el fallo.
Esto, aclaró el magistrado, “en atención a su tipo, cantidad, fecha de vencimiento y grupo de destino, previendo su ejecución de modo inmediato”. “Tal plan deberá ser informado de manera precisa al tribunal, en el plazo de 72 horas, urgió el juez.
Nota en desarrollo.
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