Juristas y trabajadores del Poder Judicial califican de inaudita la maniobra de Rosatti

Por: Celeste del Bianco

El avance de la Corte sobre el Consejo de la Magistratura generó cuestionamientos y debates desde distintos ámbitos.

La asunción del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Horacio Rosatti, como máximo responsable del Consejo de la Magistratura generó cuestionamientos y debates desde distintos ámbitos del Poder Judicial. Tiempo Argentino recogió opiniones de constitucionalistas, especialistas y trabajadores de la Justicia.

El abogado constitucionalista Eduardo Barcesat consideró que con esta medida, la Corte Suprema confluye en una actitud golpista porque se viola la Constitución Nacional en cuánto a la división de poderes, que es la piedra fundamental del Estado de Derecho. “Lo que es absolutamente inadmisible y un grave error de derecho, como lo señaló Maqueda en su disidencia parcial, es que se reponga una ley derogada. Eso es absolutamente inviable en el derecho, es un resultado lesivo, un acto de violencia institucional. Es una tremenda falta que se prosigue con dos complementos inauditos: uno es emplazar al Congreso a dictar una nueva ley conforme a su pronunciamiento y fijando un plazo para ello. La Corte, que siempre sostuvo que su actividad no está sujeta a plazos procesales, se siente autorizada a ponerle plazo al primero de los tres poderes que regula la Constitución Nacional. La segunda cuestión garrafal institucional es decir que las decisiones que pudiera tomar a partir de hoy el Consejo de la Magistratura, si es que no ha entrado una nueva norma en vigencia acorde a su fallo, son nulos de nulidad absoluta e insanable. La Corte nunca puede dictar una nulidad con antelación el acto que se va a anular”, afirmó el jurista.

Además, consideró que se trata de una grosera violación del derecho de supremacía de la Constitución Nacional. “El artículo 36 rechaza todos los actos de violencia institucional. No solo los golpes de Estado clásicos sino cuando un poder con legitimidad de origen transgrede los límite reglados de sus incumbencias constitucionales para apropiarse de las facultades que tiene otro poder del Gobierno Federal, en este caso el Congreso y el Consejo”, agregó Barcesat.

Desde el punto de vista de los empleados y empleadas del Poder Judicial, hay gremios que sostienen que se trata de un retroceso institucional y democrático. El secretario gremial de la Federación Judicial Argentina y secretario General del Sindicato de Trabajadores de Río Negro, Emiliano Sanhueza, sostuvo que “la respuesta de la Corte y de Rosatti es la de volver a un sistema absolutamente cuestionable e ilegítimo”. “Es inaudito desde que él dicta un fallo por el que se vuelve al sistema anterior en el que es la propia Corte la que preside el Consejo de la Magistratura, que tiene responsabilidad de elegir a los jueces y juezas del Poder Judicial Federal. Un fallo que firma en una situación inédita porque sigue siendo el juez de la Corte a pesar de ser resistido. En una Corte que está reducida a su mínima expresión y sin esperar a que se complete de forma adecuada”, afirmó.

Desde la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) consideraron que es necesario que el Congreso sancione una nueva ley en la que la Corte se pueda dedicar a su función jurisdiccional y no al funcionamiento del Consejo de la Magistratura. “Creemos que el Consejo tiene que poder funcionar. Tiene que ser un modelo que sea compatible con el artículo 104 de la Constitución en donde la Corte se dedica fundamentalmente a su función jurisdiccional y el Consejo tiene a cargo las tareas de superintendencia. El Congreso cuanto antes debiera reformar la ley actual. El Consejo tiene que poder funcionar, hay un fallo vigente que estableció un plazo del Congreso para tomar una decisión y no se pronunció. Hasta tanto tome una decisión, creemos que el Consejo tiene que poder seguir funcionando porque no nos parece deseable la alternativa de un Consejo paralizado, basado en que el Congreso decidió ni modificar la ley ni designar los representantes que corresponden para completar la integración’, afirmó Sebastián Pilo, abogado y co-director de la institución.

Por su parte, el profesor de Derecho Constitucional de la UBA Raúl Gustavo Ferreyra consideró que no se puede producir la “resurrección” de una ley a través de un fallo de la Corte Suprema. “Se produjo un milagro en la Argentina, el presidente de la Corte asume la presidencia del Consejo de la Magistratura gracias a un fallo dictado por el propio tribunal que declaró la inconstitucionalidad de una ley y produjo la resurrección de una derogada en 2006 por el Congreso», indicó el abogado.

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