Distintos peritos que declararon en las audiencias de esta semana coincidieron en que el lugar estaba contaminado por la cantidad de disparos efectuados por los prefectos. Esto derrumba la teoría de los defensores sobre un enfrentamiento entre los imputados y los miembros de la comunidad mapuche.
La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación (SDHN) es querellante en la causa. En las audiencias que se realizaron este martes y miércoles, declararon los peritos que hicieron los estudios químicos de restos fulminantes en manos y prendas de vestir. También dieron sus testimonios los que estuvieron en la tercera pericia balística que se hizo en la provincia de Salta.
“En las jornadas de esta semana -martes y miércoles- en el juicio oral declararon tres especialistas en detectar restos de residuos de disparos de armas de fuego en manos y ropa”, contó Mariano Przybylski, abogado querellante y director de Políticas contra la Violencia Institucional de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, a Tiempo. Siguió relatando que estos estudios fueron requeridos “dado a que en la instrucción de la causa se habían detectado partículas, tanto en los prefectos, como en Fausto Jones Huala, Lautaro González y en una prenda que vestía el joven asesinado”.
“Cuando expusieron sus testimonios, los tres especialistas coincidieron en que la presencia de partículas compatibles con disparos de armas de fuego, no implica necesariamente que esas personas hayan disparado”, explicó el letrado. Porque les pudo haber caído algún residuo “por haber estado cerca de la persona que disparó”, agregó.
También ahondó en que existe la posibilidad de “transferencia de partículas, cuando una persona con partículas toca a otra y así le transfiere la contaminación”, detalló el director nacional. Continuó remarcando que así lo explicaron los expertos “Daniel Converso, Fernando Báez y Adriana Serquis, en las audiencias de esta semana”.
“Todas estas declaraciones resultan de vital importancia, ya que las defensas de los prefectos imputados en el homicidio del joven mapuche sostienen la teoría de que hubo un enfrentamiento con armas de fuego aquel 25 de noviembre de 2017”, subrayó el abogado querellante. Señaló que esto derriba la versión oficial sobre que “los miembros de la comunidad mapuche habrían disparado contra los prefectos del grupo de Albatros”.
“Además, en el lugar donde sucedieron los hechos nunca se encontró ningún arma de fuego ni rastros de municiones de los miembros de la comunidad, solo estaban las de los prefectos”, enfatizó el director nacional. También apuntó que el único indicio en el cual se sostenía esta teoría era en “los rastros de partículas compatibles con disparos encontrados en manos de Jones Huala y González y en una prenda de Rafael Nahuel, pero con estas declaraciones se cayó esa versión de los hechos, porque los especialistas aclararon que eso no es una prueba de que los miembros de la comunidad hayan disparado”.
“En su turno, la perito Serquis mencionó y precisó que en distintos estudios se habla de la contaminación que existe en determinados lugares, como móviles policiales, esposas, entre otros objetos”, aseveró el letrado a este diario. Los expertos, “ante las preguntas concretas que les hicimos, explicaron en forma muy clara, que el hecho de que alguien que disparó después le coloque esposas a otra persona, puede transferirle partículas porque les toca las manos y lo contamina”, aseguró.
Cabe destacas, que los distintos profesionales también sostuvieron -en las audiencias de la semana pasada y de esta- que, en el contexto en el que sucedieron los hechos, por la gran cantidad de disparos, en un ambiente acotado es evidente que todo esté contaminado. Así, como sucedió en este terrible hecho de violencia institucional, las partículas quedan en el aire y es muy posible que caigan en otras personas que están en el lugar y no dispararon con armas de fuego.
“Es por todo esto, que consideramos que esta semana fueros dos audiencias de suma importancia y muy positivas”, remarcó el director nacional. Aclaró que lo dice porque “quedó más claro que la teoría del enfrentamiento armado que sostiene los defensores, ya que no es verificable con la prueba recogida, todo indica que hubo una persecución disparando con munición letal a personas que escapaban y arrojando piedras”.
Por todas estas pruebas y testimonios el Tribunal dispuso que, “en las próximas semanas se haga una exhaustiva inspección ocular al lugar donde sucedieron los hechos”, dijo el abogado querellante. Siguió explicando que también se dispuso que “el estudio a realizar cuente con la presencia de las partes y los peritos correspondientes para el estudio”.
También declararon dos de los testigos “de los peritos de la tercera pericia que se realizó en Salta, cuando se había extraviado el proyectil que extrajeron del cuerpo de Rafael Nahuel”, recordó el director nacional. Finalizó contando que estos “simplemente ratificaron el trabajo que hicieron y presenciaron ellos en esa provincia”.
Cinco prefectos llegaron al juicio acusados de ser coautores de homicidio por exceso en la legítima defensa. Sin embargo, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación busca probar que se trató de un homicidio calificado. También intenta demostrar que no se trató de un hecho de legítima defensa, sino que lo ocurrido fue un crimen en manos de quienes viste los uniformes de la Prefectura Naval Argentina.
En aquel tiempo la responsable política de la situación fue la entonces titular del Ministerio de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich. El pasado mes de julio, justo un mes antes de las PASO, la precandidata a presidenta de Juntos por el Cambio (JxC) llamativamente fue absuelta en la causa por el homicidio de Santiago Maldonado en manos de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA).
La Prefectura Naval Argentina cumplía una orden del entonces juez del Juzgado Federal de Bariloche, Gustavo Villanueva, que estaba reemplazando a un colega, quien indicó que se asegure el perímetro del territorio en disputa entre la comunidad mapuche y Parques Nacionales, que había sido desalojado dos días antes y en el que fueron detenidas cinco mujeres mapuches que estaban en el terreno.
El magistrado emitió orden de desalojo a partir de una denuncia de usurpación que recibió, la que fue realizada el 17 de noviembre de 2017 por parte del Parque Nacional Nahuel Huapi. La comunidad Lafken Winkul Mapu en este sentido había anunciado a principios del mismo mes la recuperación de unas diez hectáreas de las 710 mil que tiene el Parque Nacional Nahuel Huapi en esa parte de Villa Mascardi. Una semana después -el 25 de noviembre- se produjo el violento desalojo que culminó con el homicidio de Rafael Nahuel.
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