A pedido de un abogado de genocidas, el Tribunal Oral Federal 5 censuró a un medio comunitario y le impide trasmitir un juicio

Por: Gerardo Aranguren

Los jueces hicieron lugar a un reclamo del defensor de Horacio Ferrari, acusado por crímenes de lesa humanidad en la ESMA, y le quitó la autorización a La Retaguardia para trasmitir el debate.

Cuando estaba por terminar la audiencia el lunes pasado en el juicio que se sigue contra Horacio Ferrari por crímenes de lesa humanidad en la ESMA, su abogado defensor, Guillermo Fanego, reiteró su pedido para que se le retire el permiso para trasmitir el debate al medio comunitario La Retaguardia, al que calificó como “identificado ideológicamente con los exdelincuentes terroristas que asolaron a nuestra patria”.

Al final de la misma semana, el Tribunal Oral Federal 5 de CABA, integrado por Sabrina Namer, Enrique Méndez Signori y Fernando Machado Pelloni, decidió hacer lugar al planteo de Fanego y excluyó al medio de la sala del juicio virtual, desde donde estaba tomando la señal para trasmitir. Un grave antecedente que condiciona la difusión y publicidad de los juicios por crímenes que lesa humanidad.

“La decisión de excluirnos de la sala del juicio y mandarnos a “tomar la señal del ‘CIJ’”, por el canal oficial que depende del Consejo de la Magistratura, atenta gravemente contra la libertad de prensa, porque nos limita a tomar imágenes generadas con otros propósitos. El periodismo tiene otra misión, que es la de informar, y esa tarea se ve coartada ante la decisión tomada por el tribunal, que nos impide elegir libremente qué mostramos y qué no, así como desmejora la calidad técnica de nuestro trabajo.

Así lo señaló La Retaguardia en un comunicado que ya recibió más de 600 adhesiones de organizaciones de derechos humanos y personas y añadió: “Estas limitaciones no solo perjudican nuestra tarea periodística, sino que vulneran el derecho a la información de miles de personas que siguen diariamente las audiencias desde diferentes puntos del país”.

Fanego es un reconocido abogado defensor de represores que ya logró en esta misma causa hacer zafar a Ferrari de una probable condena en el juicio ESMA IV, que finalizó en febrero de 2021. Poco antes de que se dictara el veredicto, logró que lo apartaran el proceso tras recusar a dos de los jueces que juzgaban y que se iniciara este nuevo juicio con una nueva integración del tribunal.

Causas contra genocidas

En sus constantes intervenciones, suele cuestionar la legalidad de las causas por crímenes de lesa humanidad, como lo hizo recientemente en el juicio en el que representa al ex miembro del Grupo de Tareas de la ESMA Adolfo Donda en el que está acusado por su rol en la apropiación de su sobrina, Victoria Donda. “Sabemos perfectamente que la legislación que se aplica es un invento ideológico de quienes siguen estas causas y las trasmiten en los programas estos truchos que los tribunales autorizan”, sostuvo. Hace pocas semanas se lo pudo ver en el repudiado acto negacionista que la candidata a vicepresidenta de Javier Milei, Victoria Villarruel, organizó en la legislatura porteña.

La Retaguardia comenzó a trasmitir por sus canales de Youtube en plena pandemia, cuando nadie podía acceder a las salas de audiencia y los juicios retornaron a través de Zoom. Desde ese momento, se convirtieron en una referencia para el seguimiento de los debates por los crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado y multiplican el acceso a lo que ocurre en esos juicios.

Ex-ESMA
Foto: Telam

Esto permitió que en el juicio conocido como “Contraofensiva I”, la sobreviviente Aixa Bona reconociera al excomisario Roberto Álvarez como quien la había trasladado desde Campo de Mayo hasta la Delegación San Martín de la policía y se diera inicio a la causa que terminó con su condena dos años después.

El principio de publicidad en los juicios orales y el acceso a los medios de comunicación está garantizado por el Código Procesal Penal y por acordadas de la Corte Suprema de Justicia y de la Cámara Federal de Casación Penal que establecen criterios específicos para limitar ese derecho en casos en que se viera comprometida la intimidad o seguridad de una persona.

Para impedir el acceso a la trasmisión a La Retaguardia, el tribunal argumenta que la publicidad está garantizada por la cuenta del Consejo de la Magistratura. Sin embargo, la discusión de fondo no es si es público sino si puede tener un mayor alcance ya que estos juicios no tienen como único objetivo imponer una sanción penal sino reparar a las víctimas, aportar a la memoria social y a la construcción de una verdad histórica sobre lo ocurrido.

ESMA V – Ferrari: Horacio Ferrari fue un miembro operativo del Grupo de Tareas de la ESMA entre 1977 y 1978 conocido con los alias de “Pantera” y “Diego” y fue condecorado por esa actuación por el jefe de la Armada, Emilio Massera, junto al resto de los integrantes de la patota. Se retiró de la marina en 2006 y recién fue detenido en 2013, cuando la justicia logró vincular su nombre con los apodos con los que los sobrevivientes lo denunciaron desde el año 1979.

Está acusado como partícipe necesario de los delitos de imposición de tormentos, privación ilegal de la libertad, tormentos seguidos de muerte y privación ilegal de la libertad seguida de muerte que tuvieron como víctimas a más de 200 personas en la ESMA.

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