En ambos casos, el Tribunal resolvió en sintonía con lo expresado el viernes por Casal: no le corresponde a sus señorías opinar del tema. El resquicio que dejó abierto el procurador.
El máximo tribunal quedó el viernes pasado en condiciones de suspender, ahora mismo si así lo quisiera, las elecciones previstas para el 25 de junio en Formosa. Tal como lo hizo con Tucumán y San Juan, pero con tiempo suficiente como para que esa provincia pueda reorganizar su cronograma electoral. Si decidiera, como lo hizo en los casos anteriores, esperar hasta último momento para disponer una medida que tronche la posibilidad de votar de los formoseños, entonces estará dando definitivamente una señal de beligerancia política sin precedentes desde el regreso de la democracia.
El caso de Formosa tiene una diferencia con los de Tucumán y San Juan: la Corte ya se pronunció; no una, sino dos veces.
En ambas, los fallos fueron en sintonía con lo que dictaminó el viernes pasado el procurador general interino eterno Eduardo Casal. «Dada la índole taxativa de la competencia prevista en el artículo 117 de la Constitución Nacional y su imposibilidad de ser extendida por persona o poder alguno, opino que el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal». Ello significa, según Casal (a quien nadie podría suponer simpatizante de Gildo Insfrán), que la Corte no debe entrometerse en las elecciones provinciales.
Pero pese a dejar a salvo su opinión, Casal advirtió que «sin perjuicio de ello (…) y toda vez que esa Corte es el intérprete máximo y final de sus propios pronunciamientos, de considerar que en autos se configuran las extremas circunstancias allí evaluadas (relacionadas, en especial, con el sistema republicano de gobierno y la alegada violación del artículo 5° de la Constitución Nacional), podría decidir la intervención procesal que considere pertinente».
Traducción: la Corte no tiene por qué meterse, pero como ya en otros caso se metió, que haga lo que quiera. Total, ¿quién se lo va a discutir?
En el Caso Formosa, en dos ocasiones anteriores representantes de la oposición (igual que ahora) plantearon la inconstitucionalidad del régimen electoral. Y la Corte los rechazó.
En 2005, el exgobernador Vicente Joga pidió la inconstitucionalidad de un artículo incluido en la reforma constitucional local de 2003 que habilita la reelección indefinida. La Corte –con otra integración, claro está– entendió que no existía causa federal. En consecuencia, prevaleció lo que determinaron los tribunales locales, que son los competentes para las elecciones para cargos provinciales.
Hay un dato adicional. Aquel fallo se basó sobre «la tradicional doctrina del Tribunal con arreglo a la cual el recurso extraordinario es inadmisible cuando se trata de asuntos de competencia que no importan la denegación del específico privilegio federal». Aquel tribunal, por cierto lujoso (y ni hablar en comparación con la formación actual) no sólo no se metió en la cuestión sino que dijo expresamente que no debía entrometerse. Eso, en términos judiciales, se llama «jurisprudencia»: la cabeza del Poder Judicial sienta un criterio y para revertirlo hace falta bastante más que cambiar algunos nombres. Es necesario un fundamento que contraste al anterior sobre la base de demostrar, bien que las circunstancias han cambiado de manera radical, bien que aquel criterio era arbitrario y violatorio de la Constitución Nacional.
En 2013, el Partido Obrero de Formosa promovió una «acción declarativa de inconstitucionalidad» contra el Régimen Electoral de la Provincia de Formosa. La Corte estableció entonces que se trataba de una cuestión propia del derecho provincial y, por lo tanto, ajena al máximo tribunal federal. «El presente caso no corresponde a la competencia originaria de esta Corte. En hipótesis como estas, en las que se pone en tela de juicio cuestiones concernientes al derecho público local, (…) el respeto de las autonomías provinciales requiere que se reserve a sus jueces el conocimiento y decisión de las causas que, en lo sustancial, versan sobre cuestiones propias del derecho provincial, y dictadas en uso de facultades reconocidas en la Constitución Nacional».
Entonces, ¿por qué la actual Corte decide sobre las elecciones a cargos provinciales, si su postura histórica es que no le corresponde intervenir en esas cuestiones? La respuesta causa escalofríos: la Corte se autopercibe como un poder superior a los demás y le alcanza con que tres hombres se pongan de acuerdo para resolver qué está bien y qué está mal, independientemente de lo que piensen 45 millones de personas y los representantes que eligieron en comicios libres. Tan perverso es el mecanismo, que la Corte decide cuándo, cómo y a quiénes tienen que votar esos millones de argentinos con derecho al sufragio.
Jorge González, el ministro de Gobierno de Formosa, anunció que el viernes «hubo una nueva presentación» del diputado radical Fernando Carvajal quien, de lleno, pidió «la suspensión de todo el proceso electoral» en Formosa, más allá del cargo de gobernador. Es curioso: Carvajal, quien puede ser reelecto como diputado todas las veces que los ciudadanos de su provincia lo voten, quiere impedir que el gobernador de su provincia sea reelegido tantas veces como sus ciudadanos lo deseen.
¿Qué va a hacer la Corte? Es imposible saberlo porque ni siquiera superan su propia grieta para discutirlo. La troika dominante (Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda) casi ni le dirige la palabra a Ricardo Lorenzetti. La mayoría automática es más autocrática –en los temas relevantes con alcance político– que la que regía durante el gobierno de Carlos Menem. Por increíble que parezca, esta Corte es más parcial que aquella.
Los tres jueces del poder, encapsulados en el cuarto piso del Palacio de Tribunales, cada vez que causan daño institucional con sus fallos parecen rehenes de un éxtasis autosatisfactorio. Esos tres cortesanos sólo les cuentan cómo van a fallar a sus medios de comunicación amigos. Y se imaginan todopoderosos después del próximo 10 de diciembre, acaso antes. Es absolutamente falso que desde esos medios se les indique a los jueces qué es lo que tienen que hacer.
El otro mandoble que prepara la Corte es San Juan. Obtenido ya el objetivo de prohibir la postulación en Tucumán de Juan Manzur por su propia decisión (internamente surgen reproches porque «se bajó por una cautelar en lugar de dar la pelea»), la nueva mayoría automática espera que esta semana el procurador Casal se pronuncie sobre la candidatura de Sergio Uñac, quien pese a no competir el domingo pasado, ganó las elecciones de San Juan. Y luego fallará. «
La iniciativa prohíbe que los menores realicen apuestas en las plataformas en línea y la…
Datos alarmantes de la Cámara del sector. La producción en baja encuentra una de las…
Pese al superávit fiscal y la tranquilidad cambiaria, la agencia cree que puede haber "algún…
El secretario de Producción, Juan Pazo, se acercó comenzada la Conferencia para anunciar la inminente…
La presencia de 137 diputados permitió el inicio de la sesión, pese al lobby y…
La anfitriona, la diputada porteña Victoria Freire, destacó que el 70% se encuentra en las…
El gobierno anunció este miércoles el envío de la última cuota del Fondo de Fortalecimiento…
En su informe de gestión en la Cámara Alta, el jefe de Gabinete defendió el…
En disputa hay dos proyectos: uno del macrismo que insiste con no incluir a la…
El ministerio a cargo de Struzenegger evaluará a los trabajadores estatales mediante el denominado “Sistema…
Un viaje visual que celebra la conexión entre Maradona y los barrios populares. La exposición…
Spotify hizo un post promocionando el último lanzamiento de la cantante. A los seguidores del…