Eugenio Zaffaroni: «Una Corte de cinco jueces es una concentración de poder muy poco republicana»

Por: Verónica Benaim

El jurista insiste en la necesidad aumentar el número de jueces del tribunal y sumar especialidades. Explica cómo se desvirtuó respecto del modelo original y propone una reforma en base a la ley vigente.

Desde el 1 de octubre la Corte Suprema de la Nación pasará a estar presidida por Horacio Rosatti, que reemplazará a Carlos Rosenkrantz, quien quedará a cargo de la vicepresidencia. El polémico proceso de selección del presidente del Máximo Tribunal dejó en evidencia la interna que existe entre los cinco miembros de la Corte.  Tiempo dialogó como el exministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eugenio Raúl Zaffaroni, sobre la forma en que se construyó la sucesión de Rosenkrantz. Desde su vasta experiencia, Zaffaroni insistió en que la Argentina «no puede tener una Corte con cinco jueces». Para el constitucionalista, eso no es más que «una concentración de poder muy poco republicana». «Nadie puede creer que haya un tribunal que emita una sentencia por hora durante los siete días de la semana sin dormir», agregó. 

–¿Cómo analiza la forma en que se eligió al presidente de la Corte, este enroque entre los dos magistrados que Macri quiso poner por decreto?

–Es obvio que existe una fuerte tensión interna que se exterioriza con esta forma de elección. Ignoro cuáles serán los motivos, aunque no es la primera vez en estos años: cuando se desplazó a Lorenzetti fue también público el conflicto. Por cierto, parece que ahora se alinearon de diferente manera. En tribunales supremos suele suceder, como en Estados Unidos, que se sabe cómo votan los ministros republicanos y cómo los demócratas, pero aquí no parecerían ser razones ideológicas o de cosmovisión, realmente las ignoramos. 

–Según su opinión, ¿cómo cree que está funcionando el Poder Judicial en las altas esferas?. ¿Hay que avanzar con la amplitud de la Corte?

–Dejando de lado lo de la Justicia penal federal con su concentración, su “lawfare” y sus decisiones a veces escandalosas, la Corte Suprema funciona mal desde hace muchísimo, pero no me refiero a las personas, sino a la estructura institucional. Nuestro país no puede tener una Corte con cinco jueces, primero porque se trata de una concentración de poder muy poco republicana, pero segundo porque nadie puede creer que haya un tribunal que emita una sentencia por hora durante los siete días de la semana sin dormir. Tenemos una de las Cortes más reducidas, diría que la más chica de América y Europa. Tres personas deciden la institucionalidad del país, detienen la vigencia de cualquier ley del Congreso Nacional y deciden en última instancia cualquier causa de cualquier materia. Sean quienes fuesen sus jueces, los mejores y más sabios del mundo, eso siempre es un peligro. Pero además, nuestra Corte Suprema ha asumido en el curso del último siglo una función que no le asigna la Constitución y que en el modelo norteamericano que se adoptó en 1853 no existe, que es la de revisar cualquier sentencia de todo el país cuando crea que es “arbitraria”. Esto ocupa ahora casi la totalidad de su labor, pues las causas por inconstitucionalidad normativa, que es la que le señala la Constitución como última instancia, no son muchas causas, no creo que más de unas cien en trámite quizá. No puede ser tribunal de última instancia en cualquier materia una Corte con cinco jueces porque nadie, absolutamente nadie, en la Argentina ni en el mundo, conoce todo el derecho. Si se quiere que siga ejerciendo ese poder, necesitamos una Corte con 15 o más ministros y salas especializadas, no podemos tener una Corte “multifuero”. Es insólito: los tribunales son especializados y la Corte es “multifuero”. No conozco ningún Poder Judicial en el mundo que funcione así. Por otra parte, si bien cada juez de cualquier instancia puede declarar la inconstitucionalidad de una ley, no veo por qué eso no pasa directamente a la Corte y esta se pronuncia y termina la cuestión, en vez de seguir todas las instancias hasta llegar a la última después de años. Tampoco sé por qué, dado que adoptamos el modelo norteamericano, no tenemos lo que allí se llama el “stare decisis”, es decir, que cuando la Corte se pronuncia por la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, esa jurisprudencia es obligatoria para todos los jueces, en vez de lo que sucede aquí, donde cada juez sigue decidiendo lo que le parece sin que le importe lo que la Corte dijo. 

–¿Cómo se puede modificar  esta situación, dentro de lo que contempla la ley? 

–En el marco de la Constitución vigente, es posible ampliar el número de jueces, llevarlo a 15, por ejemplo, dividirla en salas para las cuestiones de “arbitrariedad”, es decir, de última instancia de cualquier causa. En cuanto a las poquitas de constitucionalidad, votarán los 15, porque así lo dispone la Constitución, cuando dice “una Corte”; claro, “una Corte” para la función que le asigna la Constitución, pero nada dice para la que la Corte fue asumiendo pretorianamente, es decir, para la que se atribuyó. Por otra parte, es tiempo de que la Corte asuma el “stare decisis” y terminemos con la anarquía de que cada juez dice lo que le parece respecto de la Constitución y puede seguir parando la vigencia de una ley constitucional o aplicando una inconstitucional. Todo esto puede hacerse por ley, sin tocar la Constitución. Ahora, para el futuro, cuando un día nos pongamos los argentinos de acuerdo para hacer una Constitución a la altura de los tiempos y de nuestros problemas, ahí me gustaría el modelo de Poder Judicial que predomina en Europa, con tribunal constitucional y Corte de Casación, pero eso lo veo lejano, aunque no tenemos por qué dejar de soñar. No tenemos menos neuronas que los europeos, solo es cuestión de usarlas. 

–¿Qué opina del proyecto del diputado del PRO Cristian Ritondo de priorizar la mayor antigüedad para designar a las autoridades de la Corte? ¿Cree que debe intervenir el Congreso?

–En Estados Unidos el presidente elige al ministro de la Corte que quiere que la presida, por eso se habla de la “Corte Warren”, etc. Aquí se hacía lo mismo hasta que la Corte de 1930 arregló con el ridículo dictador Uriburu, lo reconoció, siguiendo lo que la primera Corte había hecho con Mitre y, a cambio, este le regaló la función de elegir presidente. En los tribunales normales la presidencia es rotativa por orden de antigüedad, que me parece lo más sano, pero cuando lo propuse en la Corte nadie lo aceptó. En la actual situación no cambiaría nada. No sé si hoy el presidente de la Corte tiene significación, porque poco después de que se fue Lorenzetti de la presidencia, le quitaron todo poder y le dejaron prácticamente una función de representación y ceremonial. «

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