De un total de 16 convenios, se aprobaron 11. Las dos iniciativas fueron votadas en soledad con la mayoría del oficialismo porteño. Amplio repudio de la oposición parlamentaria.
De esta manera, Larreta logró su cometido en pocos días, para modificar excepciones a las normas de edificación vigentes en diferentes parcelas de la Ciudad, es decir, una forma de quebrantar la ley de Edificación que el propio gobierno porteño sancionó hace un par de años en la legislatura. El documento votado habilita la construcción de torres que estarán distribuidas en 12 barrios, y entre ellas se destaca una de 20 pisos que la firma Nehuente SRL levantará en la esquina de Córdoba y Reconquista, al lado del monasterio de Santa Catalina, un edificio construido en el año 1745 y que es parte del patrimonio histórico de la Ciudad.
“Esto se suma a lo que ya pasó en la escandalosa última sesión, donde el grupo IRSA intenta avanzar en torres suntuosas en la Ciudad deportiva de La Boca en la costanera Sur para hacer un barrio de lujo sobre un humedal, hecho que va a producir un impacto ambiental”, afirma a Tiempo la legisladora porteña del FIT Mercedes Mendieta, que además considera que las nuevas torres no van a poder ser habitadas por ningún trabajador o trabajadora de los sectores populares. La oposición, además, coincide que el crecimiento de la vivienda ociosa en la Ciudad de Buenos Aires va a producir un fuerte impacto sobre el precio de las viviendas y de los alquileres: “Hoy un trabajador y una trabajadora que quiere acceder a un departamento de dos ambientes puede llegar a pagar de 35 mil a 50 mil pesos. Estamos hablando de una ciudad cada vez más expulsiva cuando en el mundo el problema del crecimiento de los inquilinos llevó, por ejemplo, a que en Berlín días atrás se votara un referéndum para expropiar 240 mil viviendas para evitar la especulación inmobiliaria”, remata Mendieta
El resto de las torres se construirán en los barrios de Núñez, Belgrano, Palermo, Colegiales, Villa Crespo, Almagro, Caballito, Boedo, San Cristóbal, San Telmo y Barracas; que fueron incluidos en otro proyecto con 15 convenios. Según datos oficiales, esto permitirá habilitar casi 200 mil metros cuadrados y crearán alrededor de 6.000 empleos. Asimismo, el Estado porteño recibirá contraprestaciones por casi 36 millones de dólares. Ahora los convenios urbanísticos aprobados deben pasar por el sistema institucional de Audiencia Pública antes de un segundo tratamiento por parte de los legisladores para su sanción definitiva.
El otro proyecto polémico que logró aprobar el oficialismo porteño amplía las facultades del Tribunal Superior de Justicia. En concreto: habilita al TSJ local a expedirse sobre fallos de juzgados nacionales. Formalmente, el proyecto de ley que se votó este jueves lleva el nombre de «modificación de la normativa vigente en materia de audiencias administrativas y judiciales» pero a último momento el macrismo introdujo en el texto del mismo un artículo que modifica la ley 402, la cual regula los procedimientos ante el Tribunal Superior de Justicia porteño. Este artículo determina que los recursos ordinarios de apelación ante el TSJ de la CABA puedan proceder «contra las sentencias emanadas de los tribunales de la ciudad de Buenos Aires o los integrantes de la Justicia nacional de la Capital Federal». Desde la oposición advirtieron en varias oportunidades que esto busca traer la causa de Correo Argentino al distrito porteño para que tenga un fallo favorable al ex presidente Mauricio Macri. “Es el Congreso de la Nación el que tiene la potestad de sancionar proyectos como este, como lo establece la Constitución Nacional”, manifestó durante su exposición la diputada porteña Lucía Cámpora. “Esto, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, ya lo viene implementando en varias causas. Pero ahora, en el fuero comercial, las causas en las que se pide el recurso ante el TSJ, por resoluciones de la justicia Nacional, son las del Correo Argentino por recurso de inconstitucionalidad; y SOCMA Americana sobre queja de recurso de inconstitucionalidad. Y ahí donde nos damos cuenta que este proyecto tiene nombre y apellido, es Mauricio Macri”, remata Cámpora.
Un Tribunal Superior de Justicia adicto al gobierno porteño
En diciembre de 2020 y en un fallo sin precedentes, el TSJ determinó que sólo estarán habilitados para reclamar vacantes aquellas familias que no puedan abonar la matrícula en la educación privada. De esta manera, el TSJ se posicionó en contra de la Constitución porteña, que en su artículo 24 señala: “La Ciudad asume la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública estatal, laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, a partir de los cuarenta y cinco días de vida hasta el nivel superior, con carácter obligatorio desde el preescolar hasta completar diez años de escolaridad”. De los 5 magistrados que tiene este tribunal, cuatro votaron contra la comunidad educativa y a favor del gobierno porteño: Marcela De Langhe fue la jueza que emitió el primer voto a favor del Ejecutivo; luego la jueza Inés M. Weinberg y el juez Santiago Otamendi hicieron lo mismo, al igual que el magistrado Luis Francisco Lozano, quien dentro de sus argumentos propuso que las causas sobre pedidos de vacantes se acumulen en la ONG Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), que lleva adelante reclamos de las familias que demandan vacantes por la vía legal. La única jueza que votó a favor de que las familias puedan seguir demandando por la vía legal una vacante en la educación pública y gratuita fue Alicia Ruiz.
Pedido de juicio político al TSJ
Por el controvertido fallo anunciado, legisladoras y legisladores de la oposición, presentaron un pedido de juicio político a los cuatro integrantes del Tribunal Superior de Justicia porteño. El mismo promueve el inicio «del procedimiento previsto en los artículos 92 a 94 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires», y dispone que el proceso deberá «establecer si los jueces del Tribunal Superior de Justicia Marcela De Langhe, Inés M. Weinberg de Roca, Santiago Otamendi y Francisco Lozano han incurrido en alguna de las causales previstas» en la Carta Magna porteña, como mal desempeño o comisión de delito en el ejercicio de sus funciones.
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