Un decreto del gobernador Bordet revirtió las restricciones. Vecinos y ambientalistas irán a la Corte Suprema.
El STJ declaró de forma unánime que el Decreto 2239/19 del gobernador Bordet es constitucional y de ese modo habilitó las fumigaciones aéreas y terrestres a distancias menores a las que había dispuesto en su momento el mismo Tribunal.
Esta vez, los jueces Susana Medina de Rizzo, Martín Carbonell, Juan Smaldone, Bernardo Saluna y Germán Carlomagno no tomaron en consideración un estudio de más de cien páginas que, entre mucha evidencia científica, enumeró casos de niños que viven en zonas rurales con daños genéticos.
«No les importó, y sacaron un fallo que no habla de nada, sólo de cuestiones procesales, términos jurídicos que no dan cuenta del daño ambiental probado», se queja María Fernández Benetti, integrante de la Asociación por la Justicia Ambiental (AJAM) y abogada de la Coordinadora Basta es Basta, que lucha «por una vida sin agrotóxicos» en Entre Ríos.
«El municipio estaba desesperado –continúa Fernández– porque todos los amparos ambientales recaían en la Sala 1 del Tribunal, que siempre nos había dado la razón, estableciendo como distancia de fumigación los 1000 metros terrestres y 3000 aéreos hasta tanto el gobierno pueda probar la inocuidad de los agrotóxicos. Al gobernador se le ocurrió entonces un decretazo para cambiar la ley de procedimientos constitucionales de la provincia, y así se aseguró que fueran otros miembros del Tribunal los que debían expedirse sobre la cuestión».
La abogada destaca que les queda el Recurso Extraordinario Federal para recurrir a la Corte Suprema, alegando que la sentencia fue «arbitraria y sin ningún asidero», al tiempo que están analizando «otras instancias a nivel internacional».
«Presentamos a cinco científicos –agrega– y produjimos una batería de pruebas, pero igual obtuvimos una sentencia adversa. Es vergonzoso lo que hicieron».
La Justicia federal procesó esta semana a tres productores rurales de Pergamino por considerarlos «prima facie» coautores penalmente responsables del delito de «contaminación del ambiente en general, de un modo peligroso para la salud, mediante la utilización de residuos calificados peligrosos (agrotóxicos)», y les fijó un embargo a cada uno por tres millones de pesos.
En el marco de la causa por las fumigaciones en las adyacencias de los barrios Villa Alicia, Luar Kayard y La Guarida de Pergamino, el juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, ponderó la información aportada por un comité científico –integrado, entre otros, por investigadores del Conicet, médicos y especialistas en derivas y agroecología– y acreditó la contaminación con agrotóxicos.
La investigación se inició por las denuncias de Sabrina Ortiz, una vecina que se enfermó junto con su familia por culpa de las fumigaciones en campos linderos a su casa, que derivaron, primero, en el fallo de Villafuerte Ruzo que suspendió la aplicación de agroquímicos en barrios donde se probó la contaminación del agua, y luego en el proceso a los productores.
Ortiz, hoy al frente de Madres de Barrios Fumigados de Pergamino, sufrió dos ACV, perdió un embarazo y debió abandonar su casa por las amenazas recibidas.
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