El deudor no tiene trabajo registrado y tenía antecedentes por violencia de género y económica. Con el embargo sobre la cuenta DNI, se libró un oficio al Banco Provincia para que mensualmente retenga la suma fijada en concepto de alimentos y la deposite en la cuenta de la denunciante.
Junto con el embargo sobre la cuenta DNI, se libró un oficio al Banco Provincia “para que mensualmente retenga la suma fijada en concepto de alimentos provisorios y la deposite del uno al diez de cada mes en la cuenta de autos”, según consta en el fallo firmado por el juez Eduardo Banchero.
“En el juicio de alimentos quedó demostrado que él no tiene ninguna voluntad de pagar. Es un caso donde además hay un contexto de violencia de género y de violencia económica, más allá del incumplimiento de la cuota. Previamente había dejado a la madre y la hija sin vivienda. No tiene nada a su nombre, no tiene trabajo registrado, pero veo que tiene cuenta DNI. Y como tiene un oficio no registrado, entendí que cobra por billetera virtual. Entonces se me ocurre pedir que se embargue lo que tiene en esa billetera y que sea el Banco Provincia el que retenga el monto de la cuota y se lo deposite a la madre”, explicó la abogada Valeria Alcain, en diálogo con Tiempo.
En un fallo previo, la misma letrada había apuntado al embargo de una cuenta de Mercado Pago. También, consiguió en otro caso la “retención de la factura de la luz. No había antecedentes. El juez ordenó a la empresa distribuidora que cobre la cuota en la factura de luz, la retenga y la deposite en la cuenta judicial. Se transforma la distribuidora en acreedor e implica además una responsabilidad solidaria de la empresa”.
Búsqueda de estrategias
En los últimos meses se conocieron otros casos que dan cuenta de la búsqueda de nuevas herramientas en los juicios por incumplimiento de cuota alimentaria, una de las formas en las que se manifiestan la violencia de género y económica, y la desigualdad en materia de tareas de cuidado y crianza.
Por caso, en junio último un juez de Chubut obligó al abuelo de un nene a pagar la cuota que el progenitor adeudaba. El año pasado, en Entre Ríos, un juez de familia dispuso subastarle al automóvil a un hombre que incumplía el pago de la cuota alimentaria acordada previamente.
Esta semana, incluso, la Cámara Nacional en lo Civil ratificó la cuota alimentaria de 90.000 pesos por mes que un padre debe depositar para su hijo menor de edad, pero ordenó además el reajuste del importe en forma anual según el índice del Banco Central (BCRA) para los alquileres de viviendas. La medida fue inédita.
“Tenemos que ir a la par de la búsqueda de estrategias que hacen ellos para zafar del pago de la cuota. Tenemos que ir buscando cómo hacer efectivo un derecho que debería estar súper aceitado, porque estamos hablando de alimentación de hijos”, señaló Alcain. “Si cada vez tenemos que sacar sentencias más creativas para compeler a deudores al pago es porque cada vez hay más estrategias para no pagar. Es terrible”, lamentó.
La letrada consideró que “estas medidas creativas le dan al derecho alimentario rango de derecho humano y toda la perspectiva de género y niñez nos avala”.
Así como se hacen juicios en el fuero civil, los casos también pueden llevarse al penal como denuncias por incumplimiento de asistencia familiar. “Pero la realidad es que las cuotas en Provincia de Buenos Aires son muy bajas: tenemos un promedio de cuota de 10 mil pesos. Termina siendo muy abusivo y muy desgastante el paso de las mujeres por la justicia para ir a reclamar una cuota que cuando se atrasa 10 días se desvaloriza aún más”, planteó la abogada. Y advirtió que “hay alimentantes con deudas millonarias y tenemos que apelar a la creatividad y exigir a los jueces cierta rapidez. Siempre las mujeres vamos corriendo atrás de estos derechos, vamos pedaleando contra el tiempo mientras los hijos piden asistencia día a día”.
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