Electricidad: el Gobierno volvió a autorizar aumentos del 1,7% en el valor del servicio

El titular del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), Osvaldo Ernesto Rolando, trabajó para la distribuidora y ahora debió avanzar con los nuevos valores.

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó un nuevo incremento del 1,7% en las tarifas eléctricas que deberán aplicar las distribuidoras Edenor y Edesur a partir del 1 de marzo de 2025, según se desprende de las resoluciones 160/2025 y 162/2025 publicadas en el Boletín Oficial.  

El aumento responde a la actualización de los costos mayoristas de la energía y forma parte del proceso de «corrección de los precios relativos de la economía», según lo dispuesto por el Ministerio de Economía y la Secretaría de Energía. En ese marco, se estableció que el Precio Estacional de la Electricidad (PEST) se incrementará en un 2,5%, mientras que el Valor Agregado de Distribución (VAD) no sufrirá modificaciones.  

De acuerdo con la Resolución 160/2025, el ENRE aprobó el nuevo cuadro tarifario de Edenor, que deberá aplicar desde el 1 de marzo de 2025. En los considerandos del texto oficial, el organismo indicó que «la tarifa a usuario final deberá ser incrementada en 1,7 %, debiéndose entonces reflejar de ese modo las actualizaciones de las tarifas de transporte y distribución de energía eléctrica en su incidencia correspondiente para alcanzar tal resultado».  

Nuevo valor de la electricidad

En el caso de Edesur, la actualización tarifaria quedó establecida en la Resolución 162/2025, con las mismas condiciones y porcentajes de incremento. «Los Precios sin Subsidio que deberán considerarse para identificar el ‘Subsidio Estado Nacional’ en el período comprendido entre el 1 de marzo de 2025 y el 30 de abril de 2025, son los detallados en el Anexo III», detalla el documento al que pudo acceder Noticias Argentinas. 

Asimismo, el ENRE ratificó que se mantendrán las bonificaciones para los usuarios de Nivel 2 y Nivel 3, de acuerdo con los criterios establecidos por la Secretaría de Energía en resoluciones previas. En ese sentido, las facturas deberán detallar de forma diferenciada los conceptos de «Subsidio Estado Nacional» y «Costo del Mercado Eléctrico Mayorista».  Además, el organismo precisó los valores del Valor Agregado de Distribución Medio (VAD Medio) siendo para Edenor $44.836 y Edesur: $39.310).  

Por otra parte, se establecieron nuevos valores para los costos de la energía en condiciones deficientes. «Los valores del Costo de la Energía Suministrada en Malas Condiciones (CESMC) y del Costo de la Energía No Suministrada (CENS), que deberá aplicar a partir del 1 de marzo de 2025, corresponden al semestre 58 (marzo 2025 – agosto 2025)», señala la resolución.  

Las empresas distribuidoras tendrán cinco días corridos desde la notificación de las resoluciones para publicar los cuadros tarifarios en al menos dos diarios de circulación masiva en sus respectivas áreas de concesión.  

El rol del Interventor del ENRE

El organismo encargado de la regulación del sector eléctrico está actualmente bajo la intervención de Osvaldo Ernesto Rolando, ingeniero electricista egresado de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) y con una vasta trayectoria en el sector energético. Asumió el cargo en diciembre de 2024 con el desafío de supervisar la revisión tarifaria y coordinar con empresas distribuidoras y transportistas en el marco de la emergencia energética nacional, prorrogada hasta julio de 2025.  

Rolando trabajó para EDESUR, donde ocupó cargos técnicos y de dirección, además de haber sido presidente de la Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica de la República Argentina (ADEERA) entre 2012 y 2015. También se desempeñó como Subsecretario de Energía Térmica, Transporte y Distribución Eléctrica entre 2015 y 2017.

La actualización tarifaria se da en el marco de la emergencia energética declarada por el Decreto 55/2023, prorrogada por el Decreto 1023/2024, y en un contexto de revisión de los esquemas de subsidios a la energía que lleva adelante el Gobierno nacional.  

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