Desde la cartera de Capital Humano reconocen negociaciones en curso para avanzar con el proyecto de la diputada Romina Diez. Banco de horas, flexibilidad de los convenios y negocio financiero con las despidos.
A menos de dos semanas de comenzado el año, los funcionarios que rodean a Sandra Pettovello y Julio Cordero, ministra de Capital Humano y Secretario de Trabajo respectivamente, ya comenzaron a hilvanar las reuniones necesarias para consensuar el proyecto de ley definitivo con el que buscarán imponer los puntos referidos al mercado laboral presentes en el DNU 70/23. Esos artículos presentes en la norma se encuentran suspendidos por una medida cautelar concedida por la justicia laboral ante una sucesión de presentaciones de diversos sindicatos.
Así lo confirmaron a Tiempo Argentino desde el entorno de la ministra de Capital Humano donde, confiaron, “siempre hay negociaciones”. A la vez, señalaron que “los puntos que deberían tratarse en este próximo paso ya están en el Congreso con el proyecto”, en referencia a la propuesta presentada por la diputada libertaria Romina Diez que, entre otros puntos, retoma la propuesta de crear el banco de horas que habilita jornadas laborales de hasta doce horas y, fundamental, avanzar contra el criterio de irrenunciabilidad sobre el que se sostiene el modelo laboral y sindical de la Argentina en tanto implica, en los hechos, la perforación de los convenios colectivos y las representaciones gremiales.
La iniciativa ya cuenta con el acompañamiento y la firma de todo el bloque libertario y, en principio, del PRO. El radicalismo pretende acompañar, pero espera que el gobierno ponga también en consideración el proyecto de “democratización sindical” que presentó su diputado Martín Tetaz y que el gobierno se niega a tratar con el propósito de utilizarlo como prenda de negociación con la conducción de la CGT.
Es que, más allá de las negociaciones parlamentarias, el gobierno sabe que la clave para que avance su reforma laboral es lograr un consenso de los líderes sindicales con la cúpula empresarial, en particular la de la Unión Industrial Argentina (UIA) y de las asociaciones pyme. Es que la política de pisar el tipo de cambio para contener la inflación ha generado en apenas diez meses un incremento de casi el 80% de los salarios promedio de los trabajadores registrados del sector privado medidos en dólares a pesar de su deterioro desde el punto de vista del poder adquisitivo en moneda local.
Por eso, los empresarios han vuelto a poner el foco en lo que denominan el “costo argentino” referido, por un lado, a la supuesta presión tributaria que sufren en comparación con otros países y, por el otro, al denominado “costo laboral”.
Desde la CGT negaron a Tiempo Argentino la realización de cualquier reunión oficial orientada a discutir los pormenores del proyecto de Romina Diez. El secretario de prensa de la central, el líder del sindicato del seguro Jorge Sola, aseguró que “no ha habido reuniones de este tipo”.
Con el proyecto de reforma buscan reducir los costos laborales sobre la base de incrementar sustancialmente la productividad con relación a la inversión realizada en fuerza de trabajo. Dicho en otros términos, apuntan a incrementar drásticamente la denominada tasa de explotación que refiere a la relación entre lo invertido en salarios con relación al plusvalor (ganancia) obtenido por el empresario.
Por eso, además de intentar avanzar con la implantación del Fondo de Cese Laboral que reduce el peso de las indemnizaciones (salario diferido) y que ya aprobaron en la ley Bases buscan ajustar los ritmos de trabajo a las necesidades de la producción para reducir a su mínima expresión los “tiempos muertos” o la estacionalidad propia de los regímenes de producción y el mercado de consumo.
Es lo que pretenden lograr con el banco de horas y la flexibilización de las licencias ordinarias mediante los cuales los periodos de descanso del trabajador dependerán de las necesidades y el arbitrio del patrón sin que implique erogaciones extraordinarias bajo la forma de horas extras. Lo mismo es lo que se pretende plasmar a través de diversas formas de multitareas en tanto, según la norma, los cambios de tareas u horarios no podrán ser rechazados por el trabajador que, a lo sumo, podrá considerarse despedido.
La flexibilización del criterio de irrenunciabilidad, el corazón del proyecto, habilita que a la hora de su contratación el trabajador puede renunciar en forma individual a alguno de los derechos contemplados en las normas vigentes y en los convenios por empresa. El concepto vigente resulta clave porque parte de reconocer el carácter asimétrico de la relación laboral donde el trabajador en condición de desempleo o vulnerabilidad no puede decidir en pleno uso de su libertad las condiciones en las que va a trabajar. Para eso existen los sindicatos, los convenios colectivos y la Ley de Contratos de Trabajo que implican la actuación colectiva de la clase trabajadora capaz de equilibrar la relación de fuerzas en el mercado de trabajo.
El proyecto de “modernización laboral”, además, ofrece exenciones fiscales a los empresarios que contraten nuevos trabajadores y, mayores beneficios para quienes lo hagan entre beneficiarios de programas sociales o empleados del sector público puestos en disponibilidad.
Por último, y entre otros puntos, el proyecto de ley da respuesta a un reclamo empresarial en lo que se refiere a los criterios de actualización de los créditos laborales. Allí se dispone que los mismos se indexarán según el IPC y una tasa adicional del 3% anual que implica un fuerte retroceso con relación a las modalidades vigentes que, si bien surgen de la decisión de cada juez en cada caso, de un tiempo a esta parte y según resoluciones no vinculantes de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, establecían una indexación con capitalización de intereses conocida como anatocismo. En caso de aprobarse esa nueva modalidad, para las empresas resultará conveniente despedir, no indemnizar, judicializar y capitalizar el dinero de los trabajadores en el sistema financiero. Con un simple plazo fijo en un banco cualunque y según lo que indica la tasa efectiva anual obtendrán un beneficio extraordinario.
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