El Estado nacional mantendrá el control de la disposición de las cajas de ahorro de los más de 310 mil asalariados.
Hasta ahora, el Estado en su carácter de empleador estaba obligado a abrir las cuentas sueldo de los empleados estatales nacionales en el Banco Nación. Ahora, con esta movida, abre un negocio enorme para la banca privada justo cuando las cuentas sueldo del sector privado cayeron en picada por los despidos de asalariados registrados en la industria, el comercio y la construcción.
A junio de este año, la administración pública nacional contaba con 313.335 empleados registrados cuyas cuentas sueldo estaban acreditadas en el Banco Nación. El desglose indica que 45.815 empleados ejecutaban sus tareas en la administración centralizada; 127.944 en la administración descentralizada; 23.899 en la administración desconcentrada; 15.107 en otros entes públicos y 100.570 en las empresas y sociedades del Estado.
Se trata de todos los asalariados incluidos en el decreto 1187 del año 2012 y que impuso al Banco Nación como la entidad en la que se depositarían los sueldos.
En la red social X, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, aseguró que el decreto 1187/12 “obligaba a los empleados públicos a cobrar los sueldos en el Banco Nación, impidiendo un ingreso por la gestión de esas cuentas que es un ahorro para el Estado”.
El comentario del ministro apunta a que el Estado como empleador mantendrá la primacía de la contratación de la entidad financiera en la que abrirá las cuentas sueldo de sus empleados. El artículo 6 del decreto 747/2024 obliga a rescindir los contratos vigentes que cada dependencia haya firmado con el Banco Nación para el depósito de los sueldos, aunque el artículo 7 permite que esas mismas jurisdicciones prorroguen por un año los mismos contratos.
A esta toma y daca hace referencia Sturzenegger cuando dice que se podría generar un ingreso “por la gestión” de esas cuenta. O sea, hay libertad para elegir la entidad financiera en la que poner la cuenta sueldo, pero no es para el empleado sino para la “jurisdicción”.
El decreto 747/2024 se ampara en el artículo 50 de la Ley Bases, que estableció que las empresas en las que el Estado nacional sea parte accionista “no gozarán de ninguna prerrogativa de derecho público” ni podrán disponer de ventajas “en la contratación o en la compra de bienes y servicios, ni priorizar u otorgar beneficios de ningún tipo, alcance o carácter en ninguna relación jurídica en la que intervenga”.
Sobre la base de esa norma, el decreto 747 también rompe el monopolio estatal en la contratación de seguros, que estaban reservados a Nación Seguros; en la compra de pasajes aéreos para funcionarios (debían hacerse a Optar SA) y en la adquisición de combustible a YPF.
El gobierno trató de darle un tono de épica al tema de los seguros, vinculándolo al escándalo de brokers intermediarios en la contratación de seguros para entidades estatales durante el gobierno de Alberto Fernández.
Esta semana justamente trascendió el reclamo de aseguradoras privadas “que se sienten discriminadas por la imposibilidad de competir en la asignación de los seguros del Estado, y se ven asfixiadas por Nación Seguros y el Banco Nación”. La versión indicó que estas compañías de seguros habrían hecho un lobby muy efectivo sobre el asesor de la Casa Rosada Santiago Caputo y el ministro Sturzenegger.
El rumor también aseguró que el achicamiento del negocio de Nación Seguros golpearía a Eduardo “Lule” Menem, quien puso a cargo de la firma a Alfonso Torres. Eduardo Menem es el asesor preferido de Karina Milei.
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En un país normal como les gusta decir macri ,bullrich, caputo y sturzeneger estarían presos y milei cuanto menos con acompañamiento terapéutico, entonces sabemos bien que no se puede esperar nada positivo para el país.